La salida de Verónica Abad de la Vicepresidencia de la República estuvo marcada por la confrontación política con el presidente Daniel Noboa y por un proceso judicial que derivó en la pérdida de sus derechos políticos.
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La situación de Verónica Abad con su pensión vitalicia
Sin embargo, el debate ahora gira en torno a si le corresponde o no recibir la pensión vitalicia que, según la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep), beneficia a exmandatarios que cumplan ciertos requisitos.
Verónica Abad ganó las elecciones junto a Daniel Noboa en noviembre de 2023 y asumió el cargo el 23 de ese mes. Durante su gestión, el Ejecutivo la envió como embajadora a Israel en medio del conflicto con Hamás, y desde entonces, su relación con el Gobierno se deterioró.
En mayo de 2025, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolvió que la entonces vicepresidenta incurrió en infracción electoral grave, lo que implicó la pérdida de sus derechos políticos por dos años. Aun así, la Asamblea Nacional no la cesó del cargo ni declaró su ausencia de manera definitiva, por lo que mantuvo formalmente su condición de vicepresidenta hasta el final del período.
Lo que dice la ley, tres condiciones claras para tener pensión vitalicia
El abogado constitucionalista, Edison Guarango, explica que el artículo 135 de la Losep otorga una pensión vitalicia del 75% de la remuneración vigente a los expresidentes y exvicepresidentes constitucionales que resultaron electos por voto popular y asumieron el cargo.
“En este caso, Verónica Abad resultó electa y asumió el cargo. Nadie la cesó ni la removió”, aseguró Guarango.
Guarango detalla que el artículo establece tres condiciones para acceder al beneficio: haber sido electo y posesionado; no haber sido cesado antes del término del período por causales constitucionales; y no haber sido condenado por delitos como peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito o violencia sexual.
¿La pérdida de derechos políticos la inhabilita?
La sanción impuesta por el TCE implicó la suspensión de derechos políticos, pero no una destitución formal. “Ella no fue removida por la Asamblea ni se declaró su ausencia definitiva. Por lo tanto, no se activa la excepción establecida en la ley que le impida acceder a la pensión”, explica Guarango.
Mientras no exista una sentencia penal ejecutoriada, sostiene que el beneficio no debería verse afectado.
Eduardo Erazo, experto en temas constitucionales, respalda esa interpretación. Señala que la pérdida de derechos políticos afecta su capacidad de ser candidata o ejercer funciones públicas en el futuro, pero no altera su situación jurídica como exvicepresidenta mientras no haya una sentencia penal en firme ni una cesación formal del cargo.
La pensión vitalicia de Verónica Abad podría cambiar
Aunque legalmente no existen barreras para que Abad acceda a la pensión vitalicia, cualquier proceso penal en su contra podría cambiar el escenario.
Según Erazo, si se iniciara una causa por alguno de los delitos inhabilitantes y se emitiera una sentencia condenatoria ejecutoriada, perdería automáticamente este derecho. Por ahora, sin ese antecedente, y sin una destitución formal, todo indica que sí le corresponde.
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