Los representantes de la aerolínea nacional Ícaro no presentaron ayer uno de los requisitos de impugnación en contra de la resolución de disolución de la empresa, emitida por la Superintendencia de Compañías el pasado 21 de julio.
Según la resolución oficial, la aerolínea tenía ocho días para publicar el documento de la ‘Súper’ en un “diario de amplia circulación”. Esto no se cumplió. Esteban Saltos, vicepresidente de Ícaro, señaló que la empresa no está en quiebra y prefirió no adelantar criterios. “El representante legal de la empresa, Guido Saltos, dará a conocer su versión en los próximos días”.
Sin embargo, el Reglamento de Disolución y Liquidación, en los artículos 13 y 15, establece que serán las autoridades de control quienes hagan la publicación de la resolución. En este caso es la Superintendencia de Compañías.
Carlos Jácome, presidente del Consejo Nacional de Aviación Civil, señaló que esta entidad está esperando los informes de los procesos que tiene que cumplir la aerolínea con la Superintendencia de Compañías y el Servicio de Rentas Internas (SRI).