string(1) "4"
La Corte Constitucional (CC) resolvió ayer que los casos de muertes violentas cometidas por gente de comunidades indígenas sean juzgados solamente por la justicia ordinaria.
María O. deberá esperar hasta julio próximo para entrar libremente a Otavalo, en Imbabura.
Un rótulo colocado en el cuello con la palabra “shuawa” (ladrona, en kichwa), un baño de purificación con agua fría y ortiga, dos azotes con un látigo y la prohibición de ingresar por seis meses a la ciudad de Otavalo, Imbabura, en el norte de Ecuador. Esa fue la sentencia que le impuso ayer, 18 de enero del 2014, el Cabildo Kichwa de esa urbe a una ciudadana acusada de robo.
Desde su ratificación por parte de varios estados de la región, el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas ha sido esgrimido en distintos eventos como la base jurídica suficiente que permite una serie de actos y procedimientos que, supuestamente, al tenor de los usos y costumbres ancestrales de dichas comunidades, internamente puedan practicarse para la resolución de los conflictos de quienes las integran. Esto ha dado paso, en muchos casos, para que se cometan excesos que jamás han sido considerados por quienes concibieron esas normas. Una cosa es el respeto a las culturas y otra diferente es la permisividad con conductas que, a estas alturas de los tiempos, tiene que ser rechazadas por violatorias de los más elementales derechos de las personas. Así, el propio convenio reconoce la práctica de la justicia indígena siempre y cuando no implique la violación de derechos fundamentales como la integridad humana. Este principio ha sido recogido por nuestras dos últimas cartas polític
El debate público acerca de la justicia indígena es recurrente, se reinstala periódicamente a partir de casos concretos y denuncias sobre posibles abusos u omisiones que se consideran graves por parte de la sociedad.
Una comunidad indígena ecuatoriana azotó públicamente y multó a uno de sus miembros acusado de abusar sexualmente de un menor, en aplicación de la llamada justicia aborigen que ha sido censurada por el gobierno, informó el miércoles la prensa local.
Hace 30 minutos, hoy, lunes 17 de diciembre del 2012, un grupo de 50 comuneros del sector de Verdeloma en Tungurahua intentó llevarse a su comunidad a dos personas, quienes rendían declaraciones en el edifico de la Fiscalía de Tungurahua, situado en la Cevallos y Lalama. Una fuente policial informó que los declarantes están acusados del presunto crimen de Manuel L., oriundo de la comunidad de Zumbahua en Cotopaxi. Los campesinos llevaban en sus manos palos y se enfrentaron con los policías, que vigilaban el edificio. Los gendarmes lanzaron bombas lacrimógenas para dispersar a los indígenas, quienes rompieron las puertas del Ministerio Público con el afán de trasladar a los detenidos a su comunidad. La intención era aplicar la Justicia Propia. Uno de los ciudadanos que observó que los comuneros persiguieron a un joven que llegó a la Fiscalía para dejar algunos documentos. Los nativos le persiguieron por tres cuadras hasta el estacionamiento del hotel El Emperador. Cuando lograron cuando
Los documentos están ordenados sobre el escritorio. En otra oficina, los archiveros lucen repletos de juicios. Allí trabaja Pedro Tisalema.
De la camioneta solo quedaron latas. Por decisión de la comunidad, el auto fue incinerado el 27 de julio y ahora está abandonado entre los sembríos de maíz, en Huaycopungo-Otavalo.
La quema de tres vehículos en Imbabura, a nombre de la Justicia Indígena, desató el debate en torno a su aplicación. Rocío Cachimuel, presidenta de la Federación de Indígenas de Imbabura (FICI), defiende su vigencia, que está garantizada en la Constitución. Mientras que sectores vinculados a la Justicia Ordinaria, consideran que debe haber límites.
Los comuneros estaban a punto de entregarlo a la Policía. Dejaron que el detenido, de 44 años, se levantara de la silla plástica que estaba en el centro del patio de la casa campesina de Cusubamba, una parroquia rural de Cotopaxi.
La justicia indígena aparece en la Constitución de 1998. En el artículo 191 se establece que “las autoridades de los pueblos indígenas ejercerán funciones de justicia” y que aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de conflictos internos.
Un hombre permanece privado de su libertad en la comuna Guangoloma, en la parroquia Salasaca, a 20 minutos de Ambato.
Dos delitos causaron revuelo en la comuna indígena Yanahurco, a 20 minutos de Ambato. Cerca de las 04:00 de ayer, tres sospechosos fueron retenidos por decenas de comuneros que los inculparon como posibles autores del robo de cinco cabezas de ganado. Horas después, otro hombre fue aprehendido presuntamente como el sospechoso del robo de enseres en una vivienda.
Martha y María C., Luis T y Jaime E., detenidos por los habitantes de la parroquia Juan Benigno Vela, salieron en libertad. Ellos estaban acusados por el robo a una cooperativa de ahorro y crédito del lugar. La detención ocurrió el miércoles.