Vivir en condominio es una cosa complicada. Las quejas, reclamos, peleas entre vecinos -ya sea por asuntos importantes o por banalidades- es constante y altera la interrelación entre los condóminos.
Lo cierto es que los ecuatorianos todavía no acabamos de aprender a residir en comunidad; peor a respetar las leyes, que son muy claras en cuanto a cómo deben administrarse y regularse los conjuntos residenciales y los edificios de departamentos.
La Ley de Propiedad Horizontal contempla todos los deberes, obligaciones y derechos que tenemos todos quienes residimos bajo este sistema. Lamentablemente, es poco aplicada y hasta ignorada, lo que a la larga desemboca en problemas y litigios de difícil solución.
Los administradores, que por ley deben existir, son los más perjudicados con esta falta de aplicación de las normas y la mala convivencia.
Aunque todos los días surgen reclamos en contra de estos administradores, muchos de ellos son injustificados y se basan en la ignorancia de los residentes sobre las normas vigentes de la copropiedad inmobiliaria.
La asamblea de socios es la máxima autoridad del condominio y la designación del administrador es su competencia exclusiva. Estará conformada por todos los propietarios y -si los hubiere- arrendatarios con autorización del dueño o cesionarios.
Obviamente, el condominio debe estar registrado en los órganos legales pertinentes y, obligatoriamente, tendrá RUC. Si un propietario infringiere los reglamentos estipulados (no pagar las alícuotas, no cuidar las mascotas…) será amonestado por la asamblea. En casos extremos hasta puede ser demandado legalmente e, incluso, penalmente.