El mundo camina hacia un mayor control fiscal de las empresas digitales como Netflix, Spotify Uber, Glovo o Airbnb, con el objetivo de que paguen los impuestos en los países donde obtienen sus ingresos.
Es conocido que los avances tecnológicos modifican el mercado, cambian la estructura de las compañías y abren espacio para la aparición de nuevos negocios, los cuales no están regulados o dejan mucho margen de maniobra para que las compañías puedan eludir el pago de tributos.
Lo anterior se explica porque las leyes se hacen para reglamentar la operación de las empresas existentes y no de aquellas que surgirán en el futuro, lo cual es imposible.
Aunque algunas empresas digitales llevan más de una década en el mercado, en los últimos años han alcanzado dimensiones mundiales. Eso les ha permitido utilizar las reglas tributarias de cada país para sacar mayores beneficios globales.
Ecuador está rezagado en materia de regulación a las empresas digitales, aunque hace un par de semanas el Viceministro de Finanzas anunció que está en análisis la posibilidad de gravar a estas empresas, en línea con lo que hace Uruguay.
El objetivo es sensato, pues estas empresas vienen creciendo a pasos agigantados, no tributan en el país y generan una competencia desleal con otras compañías que ofrecen productos o servicios similares.
Esa realidad ya fue diagnosticada en Uruguay hace unos tres años, lo cual derivó en la promulgación de una serie de normativas para que estas empresas tributen.
Las autoridades de ese país informaron el mes pasado que los impuestos pagados por estas empresas sumaron USD 18,4 millones entre enero y mayo de este año, que puede parecer poco, pero con toda seguridad crecerán en el futuro.
En Uruguay, las plataformas tecnológicas o aplicaciones están clasificadas en tres categorías: las que se dedican al alojamiento (Airbnb, Booking y Trivago), las de contenidos audiovisuales (Spotify, Netflix y Hulu) y las de transporte (Uber, Cabify o Easy). Las que más contribuyeron fueron las del segundo grupo, con el 67%.
A la hora de reglamentar el pago de impuestos, Uruguay distinguió entre las aplicaciones que realizan actividades internacionales como producción, distribución e intermediación de películas cinematográficas y otras transmisiones audiovisuales (Netflix o Spotify) de aquellas que hacen mediación e intermediación por medios informáticos (Airbnb o Uber).
Las primeras pasaron a considerarse 100% de fuente uruguaya, es decir, que pagan sus impuestos por toda la renta generada en ese país. Las segundas, que no pagaban, pasaron a tributar por el 50% de la renta obtenida. También hubo flexibilidad para que los impuestos se paguen en moneda extranjera y de forma trimestral.
Ecuador necesita empezar a cobrar un impuesto a la renta a estas empresas y eventualmente gravar con IVA al consumidor, como ocurre con servicios similares.