En referencia al artículo publicado en EL COMERCIO del 2 de junio bajo el título “La pederastia ya es delito en el Derecho Canónico”, se siente compartir la satisfacción de un gran porcentaje de la población mundial que, luego de la revisión del Papa Francisco, se permita a las autoridades ejercer el derecho penal para castigar la pedofilia de los clérigos, a más de la privación del oficio y la expulsión del estado clerical.
Durante más de mil años los curas católicos pudieron casarse, y para los fieles no era nada excepcional que la comunión sea administrada por un cura con mujer e hijos.
Incluso algunos papas como Félix III y Silverio tuvieron hijos. Y el apóstol Pedro que fue el primer obispo de Roma, estaba casado. Fue en el Concilio de Elvira, año 305, cuando se prohibió a los miembros del clero casarse y tener hijos después de haberse ordenado, y en el segundo Concilio de Letrán, en 1139, se confirmó la obligación del celibato para los curas católicos, bajo el pontificado de Gregorio VII.
Mencionaba en uno de mis ensayos, el beneficio que sería suprimir de una vez el celibato y permitir a los prelados casarse y que continúen con su labor pastoral de trasmitir a la colectividad lecciones de moral y buena conducta. Su vida familiar correcta sería entonces un ejemplo real y visible para los feligreses, que hasta ahora se limitan solamente a escuchar la lectura del Evangelio desde el púlpito. De esa manera se terminaría con la penalización de sacerdotes infractores y la Iglesia continuaría con su encomiable labor en todo el mundo católico.