Indefensión en el IESS

Escribo esta nota como ciudadana. Mi opinión debe ser conocida por el Presidente de la República, el Consejo Directivo del IESS y su Presidente.

Escribo porque el problema no es únicamente personal, involucra a centenares de empleadores privados y públicos a nivel nacional (empresarios, jubilados, personas naturales), poniendo a los mismos en situaciones económicas extremas, por cobros desmesurados, derivados de la aplicación de una fórmula de cálculo absurda, sin trazos de legalidad, contenida en la Normativa CD 517, expedida el 30 de marzo, 2016, que “regula” las penalizaciones por responsabilidad patronal causadas por mora patronal o pagos extemporáneos en casos de jubilación, muerte, atenciones médicas, maternidad, cesantías, etc. Esta fórmula aplica un interés anual de 22.92%, equivalente a tres veces la rentabilidad anual del Biess, más la tasa de inflación anual, más la tasa máxima convencional de operaciones del Banco Central, y una multa de 50% del SBU. Adicionalmente, la fórmula llega al extremo de tomar como factor multiplicador, el mes más antiguo de mora o pago extemporáneo, sin tomar en cuenta que cada período de mora o extemporaneidad debe ser calculado individualmente. No es lo mismo una mora patronal o un pago extemporáneo de 120 meses que de 12 meses, pero la fórmula no toma en cuenta los diferentes períodos y toda mora patronal o pagos extemporáneos es calculada sobre 120 meses, dando como resultado glosas que exceden en un 80% el valor real que debería cobrar el IESS, perjuicios que suman millones de dólares para los empleadores. Para ejemplificar este absurdo, mencionaré solo un caso: Una persona natural ha sido glosada en USD 1.120.000 por responsabilidad patronal por una sola trabajadora del hogar.Luego de acudir a altos funcionarios del IESS y lograr el reconocimiento de las falencias de esta fórmula, en base a documentos probatorios, con el objeto de enmendar semejante despropósito, la Dirección Actuarial de Investigación y Estadística del IESS, elaboró un proyecto de reformas al Reglamento General de Responsabilidad Patronal, enviado al Consejo Directivo en septiembre. Sin embargo, el proyecto reposa en el Consejo Directivo por cinco meses, sin que haya sido promulgado.