El hotel Quito: Patrimonio cultural edificado
Es penoso tener que decirlo, pero la controversia por la pretendida construcción de un proyecto inmobiliario, consistente en varias torres gigantescas – a manera de una “gran muralla china” -, en el jardín y los parqueaderos del complejo turístico del Hotel Quito, sigue peligrosamente latente, ante la “sospechosa” insistencia – ni siquiera de los propietarios del hotel, sino del alcalde de la ciudad y sus abogados -, en solicitar la revocatoria y aclaratoria de la resolución sobre medidas cautelares autónomas, dictada por el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, con fecha 8 de marzo de 2024, y ratificada mediante auto resolutorio del pasado 9 de mayo. Según dicha resolución, que tiene rango constitucional y es de inmediato cumplimiento, el municipio capitalino está obligado a “suspender todos los trámites y los permisos relacionados con la construcción de obras civiles de los proyectos inmobiliarios presentados por la empresa China Road and Bridge Corporation en los predios no. 98963 y no. 3734230, hasta que se decida sobre la actualización de la ficha de inventario del Hotel Quito, considerando los actos administrativos relativos al carácter patrimonial del conjunto arquitectónico Hotel Quito”. La normativa vigente, al referirse a los bienes que pertenecen al Patrimonio Cultural Nacional, dice: “Cuando se trate de bienes inmuebles, se considerará que pertenece al Patrimonio Cultural del Estado, el bien mismo, su entorno ambiental y paisajístico necesario para proporcionarle una visibilidad adecuada; debiendo conservar las condiciones de ambientación e integridad en que fueron construidos. Corresponde al Instituto de Patrimonio Cultural delimitar esta área de influencia.” Esta norma calza como “anillo al dedo” para el caso del complejo arquitectónico del Hotel Quito, ya que establece que la protección jurídica del bien es a la integridad del mismo y a su entorno ambiental y paisajístico necesario para proporcionarle una visibilidad adecuada; esto es, la ´protección no solo abarca a la edificación del hotel propiamente dicha, sino también a los jardines y parqueaderos del complejo patrimonial. Así lo ha entendido la actual ministra de Cultura, Lic. Romina Muñoz, quien, al emitir el Acuerdo 075 de fecha 29 de abril del 2024, en su calidad de máxima autoridad del Sistema Nacional de Cultura, reconoce “el valor patrimonial, cultural e histórico del complejo arquitectónico – paisajístico Hotel Quito”. Añade que “este reconocimiento es de manera integral y absoluta, incluyendo los varios predios que lo conforman los espacios de jardines y estacionamientos”. Las medidas cautelares autónomas ordenadas por el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, en favor del Hotel Quito y su entorno, deberán estar vigentes hasta que se actualice la ficha de inventario del hotel, tomando en cuenta que este bien patrimonial se encuentra inventariado desde hace 40 años, en virtud de la Declaratoria de Quito, suscrita por el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC), el 6 de diciembre de 1984, donde se estableció la protección integral y absoluta del bien en todos los predios que lo componen.
Alfonso López Jaramillo