La nueva Ley Orgánica de las personas adultas aprobada el 9 de mayo de 1919 establece entre otros temas “ La exoneración del 50% del valor de consumo en su plan básico de telefonía celular e internet” Sin embargo, a los 5 meses de haberla aprobado, la Empresa Nacional de Telefonía, CNT interpreta a su manera que esta Ley clara y precisa y la traduce en lo siguiente: CBM USD 12,00; Tarifa On net (hasta 300 minutos): USD 0,02: Tarifa Fijo CNT USD 0.04; y tarifa Off net USD 0,15. Sin entender que significan estos datos y tampoco sin hacer el esfuerzo por deducir esta tomadura de pelo, me pregunto ¿qué considera CNT como plan básico de telefonía? ¿los adultos mayores no debemos tener en nuestros teléfonos servicio de internet? Por suerte no tengo servicio de internet con esta Empresa del Estado, caso contrario….
Esa falta de respeto a las decisiones parlamentarias debe hacernos meditar a todos los ciudadanos, si las leyes son para cumplirlas o para desacatarlas. Es una vergüenza y la clara demostración que las propias instituciones estatales,no cumplen con expresas disposiciones legales a favor de las personas adultas y las desprecia.