Quedaron atrás discursos y ceremoniales de estilo, acostumbrados en los 24 de mayo de cada cuatro años; un nuevo mandatario en funciones, con talante, sensibilidad y decidido a asumir grandes retos para beneficio del país, focalizando su atención al funesto covid-19. La expedición de un Código de Ética, es un auspicioso inicio de gestión, en tanto propende salvaguardar la transparencia de la gestión pública, fidelidad y buen uso de recursos estatales; erradicación del “nepotismo” y todo abuso de función; debiendo el servidor rendir cuentas de su gestión ante la lupa del juez de cuentas y del escrutinio público.
Nuestro ordenamiento jurídico determina las atribuciones y funciones del Presidente de la República, entre ellas, cumplir y hacer cumplir la Constitución y la Ley; para viabilizar la organización y funcionamiento del Estado cuenta con Secretarías de Estado en espacios de importancia, como manejo de la economía, seguridad interna y externa, educación, salud, seguridad social, inclusión económico social y el control de recursos estratégicos. Empero, bajo esta premisa constitucional, no cabe perder de vista a la función misional que deben cumplir, la Asamblea Nacional legislando y fiscalizando la gestión pública, anteponiendo su vocación de servicio e implícita renuncia de sus miembros en no recurrir a “cambios de camiseta” o adoptar la condición de “independientes”, generalmente bajo obscuros intereses; siendo impostergable una reforma legal que castigue irreverentes “maniobras”, con la pérdida de su “curul”. De su parte, la Función Judicial administrando justicia en apego a las “tablas procesales” y debido proceso; y, Fiscalía General del Estado, promoviendo la acción penal pública, con objetividad, oportunidad y mínima intervención penal; las dos, sin “favor, temor o rencor”. ¡El destino de la patria y de nuestros gobernantes, supeditado al compromiso patriótico de todos.!