La Corte Constitucional decidirá si los animales son cosas o si tienen derechos

Este mono chorongo de la Amazonía fue rescatado por la UPMA. Fue llevado a su cuartel. Foto: Maria Isabel Valarezo / El Comercio

Este mono chorongo de la Amazonía fue rescatado por la UPMA. Fue llevado a su cuartel. Foto: Maria Isabel Valarezo / El Comercio

Este mono chorongo de la Amazonía fue rescatado por la UPMA. Fue llevado a su cuartel. Foto: Archivo / El Comercio

Aunque Ecuador fue el primer país de la región en reconocer los derechos de la naturaleza en su Constitución, los animales son considerados como bienes muebles semovientes, equiparables a objetos, de acuerdo al Código Civil. Esto podría cambiar en los próximos días, ya que la Corte Constitucional seleccionó el caso de Estrellita para analizar si la fauna es sujeto de derecho, si puede acceder al hábeas corpus y si los derechos de los animales se pueden enmarcar en los que ya han sido reconocidos para la naturaleza.

Esto podría cambiar en los próximos días, ya que la Corte Constitucional eligió el caso de Estrellita para analizar si la fauna es sujeto de derecho, si puede acceder al hábeas corpus y si los derechos de los animales se pueden enmarcar en los que ya han sido reconocidos para la naturaleza.

Estrellita usaba ropa, comía con cubiertos y dormía en una cama. Esta mona chorongo fue extraída de su hábitat cuando tenía solo un mes de edad, vivió por 18 años con humanos, fue decomisada y finalmente murió un mes más tarde en un zoológico.

Después de su decomiso, su propietaria interpuso una acción de hábeas corpus, primero para recuperar al animal y después para que se le entregara su cuerpo.

Finalmente, el juez a cargo manifestó que fue “un desgaste innecesario de recursos de la administración de justicia” por tratarse de “un ser inerte”. Además, se tomó como referencia el caso del oso Chucho, en el que la Corte Constitucional de Colombia negó el hábeas corpus solicitado para que sea trasladado de un zoológico a un santuario, porque los animales no pueden acceder a esta garantía.

Hugo Echeverría, abogado ambiental, explica que en el caso de Estrellita la tenencia ilegal no es parte de la discusión de la Corte, sino que fue elegido por un tema de fondo o más profundo, que analiza cuál es la categorización jurídica de los animales en Ecuador. Se tomó en cuenta la novedad de esta situación para su selección.

Echeverría dice que, hasta el momento, la interpretación de los derechos de la naturaleza y de los animales ha sido separada. A la primera se la ha visto como un todo y esto responde a la definición que está en la Constitución de que la naturaleza es “donde se reproduce y realiza la vida”.

Esa tesis ha sido contrastada con una visión contemporánea de que los derechos de la naturaleza abarcan a los de los animales porque estos son parte constitutiva de la primera.

Pablo Alarcón, constitucionalista y director de la Escuela de Posgrado en Derecho de la Universidad Espíritu Santo, explica que la Corte debe desarrollar el contenido del derecho de la naturaleza y, a partir de las circunstancias del caso seleccionado, fijar parámetros y establecer precedentes. Esto va atado al tipo de acción que se presentó y a través de la cual hubo la sentencia, que fue el hábeas corpus.

La discusión está en que el artículo 89 de la Constitución dice que esta garantía sirve para proteger solo a las “personas”. Alarcón señala que la Corte tiene la facultad de interpretar la norma. En este punto se podría ampliar el concepto de personas para que tome en cuenta a “personas no humanas” o “seres sintientes”, como podría definir la Corte a los animales.

Se podría optar por otras garantías constitucionales que no mencionen esta palabra. Alarcón dice que no se busca personificar a los animales, sino “descosificarlos” y establecer que son seres que sienten y tienen derecho a su dignidad.

Verónica Aillón, coordinadora jurídica de la fundación Victoria Animal, explica que otro tema que se debe tomar en cuenta es qué ocurre cuando los animales son decomisados como en el caso de Estrellita. Su propuesta es que se cree un protocolo para hacer una transición tomando en cuenta el interés superior del animal. La forma en la que se retiene a la fauna la cosifica, ya que se los separa abruptamente, como si fueran objetos.

Cristina Alarcón, miembro de Protección Animal Ecuador y activista, tiene esperanzas de que la Corte falle a favor de los animales y se incluya sus derechos como parte de los de la naturaleza. Ahora promueve la inclusión del concepto de “seres sintientes” en las reformas al Código del Ambiente.

Echeverría dice que, mientras en Ecuador no se le ha dado mucha importancia a este caso, en el resto del mundo ha despertado gran interés. Una muestra de esto es que Harvard Law School Animal Law and Policy Program y el Non Humans Right Project han anunciado sus intenciones de presentar un escrito conjunto de amicus curiae.

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