Luego de que se revocara la prisión preventiva a favor de la excadete Joselyn S., la fiscal María Isabel Jiménez decidió emitir un dictamen abstentivo a favor de la joven de 24 años.
Es decir, que la funcionaria de la Fiscalía ya no acusará a la exestudiante de la Escuela Superior de Policía por el femicidio de la abogada María Belén Bernal.
El artículo 600 del Código Integral Penal (COIP) señala que el fiscal del caso puede abstenerse de acusar a un procesado cuando las pruebas encontradas no determinan que esa persona participó en el hecho delictivo.
La Fiscalía decidió abstenerse de acusar a la excadete luego de encontrar nuevas evidencias, que demostrarían que ella no participó del hecho criminal.
¿La excadete Joselyn S. ya no está procesada por el femicidio de Bernal?
Expertos en Derecho Penal consultados por este Diario señalan que se deben completar aún dos requisitos más antes de que la excadete deje de ser procesada y su caso se archive.
El primer requisito es que la decisión de la fiscal Jiménez de no acusar penalmente a Joselyn S. debe ser ratificada por la Fiscalía Provincial.
Esa condición se impone cuando la persona está procesada por un delito sancionado con pena privativa de libertad de más de quince años.
Como el femicidio es sancionado con cárcel de 22 a 26 años, la normativa penal establece que “el fiscal elevará la abstención en consulta a la o al fiscal superior, para que la ratifique o revoque”. El fiscal provincial tiene un plazo máximo de treinta días para tomar una decisión.
Si el fiscal superior ratifica la abstención, ese pedido debe ser presentado ante un juez. Ese es el segundo requisito, pues ese magistrado se encargará de dictar el sobreseimiento a favor de la persona procesada. Así, esa persona quedaría desvinculada del proceso penal.
Según el COIP, si se ratifica el dictamen abstentivo, “se remitirá de inmediato el expediente al juzgador para que dicte el sobreseimiento en el plazo máximo de tres días cuando exista una persona privada de libertad, caso contrario lo dictará en un plazo máximo de 10 días”.
Sin embargo, “si el fiscal provincial revoca la abstención, designará a otro fiscal para que sustente la acusación en una audiencia, la misma que se efectuará dentro de los cinco días siguientes de recibido el expediente”, señala la normativa penal.
¿Si Joselyn S. es sobreseída, qué pasará con los otros dos procesados por el femicidio de María Belén Bernal?
En el caso María Belén Bernal existen otros dos procesados. El primero es el teniente de Policía, Alfonso C., y el segundo es el exoficial Germán Cáceres. Él era esposo de la víctima y confesó haberla matado la madrugada del 11 de septiembre del 2022, en la Escuela Superior de Policía, en Quito.
Si Joselyn S. es sobreseída, el proceso judicial solo se archivaría para ella y continuaría la acusación penal para los otros dos imputados.
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