Por unanimidad, un Tribunal de Garantías Penales acogió las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado y emitió sentencia condenatoria contra Enry William T. O. El hombre fue declarado culpable del femicidio de su pareja en Guayaquil. Se le impuso la pena de 26 años de prisión, en el grado de autor.
Además, se ordenó el pago de una multa y USD 10 000 como reparación integral a los familiares de la víctima.
El hecho se produjo la noche del 2 de enero de 2022, en el sur de Guayaquil. La fiscal del caso informó a los magistrados que cuando la víctima regresó a su domicilio luego de un encuentro litúrgico, se encontró con Enry William T. O., y un amigo. Estos se encontraban libando en la sala de la vivienda, donde también estaban la hija de la pareja y otros familiares.
Pelea y crimen
El agresor reclamó a la mujer por la hora de la llegada y luego la atacó verbal y físicamente, pero los familiares apaciguaron los ánimos momentáneamente.
No obstante, minutos después, el hombre sacó un arma de fuego y le impactó un tiro en la cabeza a su pareja. Luego, según el relato de la Fiscalía, amenazó con disparar a quien le impidiera su fuga y escapó. La mujer fue trasladada a un hospital cercano, donde los galenos certificaron su muerte.
Familiares dieron aviso a la Policía Nacional, que desplegó un operativo de rastreo y ubicación del agresor. El hombre fue detenido minutos después del femicidio y trasladado a la Unidad Judicial Valdivia. Aquí se realizó la audiencia de flagrancia y se ordenó su prisión preventiva.
En audiencia de juicio, la fiscal de la Unidad de Violencia de Género, Laura Medina Pincay, presentó las pruebas documentales, periciales y testimoniales, que demostraron la participación del procesado y su responsabilidad penal en el hecho. Entre ellas están los testimonios de 15 personas (policías aprehensores, investigadores, peritos y familiares).
Además, se incluyó los informes de valoración médica, psicológica y de entorno social, protocolo de autopsia, levantamiento de cadáver. También, el parte policial y de aprehensión, el informe investigativo, el de reconocimiento del lugar de los hechos y el acta de otras evidencias.
La Fiscalía procesó este caso según lo dispuesto en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de femicidio con pena privativa de libertad de 22 a 26 años, tomando en cuenta las circunstancias agravantes del artículo 142, numerales 2 y 3, del mismo cuerpo legal.