Inmigrantes pueden acreditar sus conocimientos y experiencia laboral

La primera convocatoria para acreditación de experiencia laboral y conocimientos se realizará a partir de este mes. La misma abarca los ámbitos de: Hostelería y Turismo, Mantenimiento de Vehículos, Educación Infantil y Dependencia.

'Acredita' es el nombre del programa a través del cual, las personas que tengan conocimientos y capacidades que les permitan realizar un trabajo pueden obtener un documento que acredite su capacitación a través de un examen.

Estos días conviene estar atentos a la información que se publique en las páginas: www.todofp.es o www.redtrabaja.es, pues la primera convocatoria para estos efectos se realizara a partir de este mes.

La iniciativa beneficia a quienes hayan adquirido sus conocimientos profesionales desarrollando una actividad laboral sin tener titulación, algo común entre los inmigrante residentes en España, quienes también podrán presentar su candidatura, pues entre los requisitos se incluye el tener nacionalidad española, certificado de residente comunitario, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia y trabajo en España en vigor.

El resto de requerimientos varían según el nivel al que aspire el candidato, así, para el nivel I -el más bajo y se corresponde con algunos certificados de profesionalidad y Programas de Cualificación Profesional Inicial- se requiere tener 18 años cumplidos y dos años de experiencia laboral (adquirida en los últimos 10 años) relacionada con las competencias que se quiera acreditar o al menos 200 horas de estudio en el ámbito de las mencionadas competencias.

Para los niveles II y III -correspondientes a FP de grado medio y superior respectivamente- la edad mínima es de 20 años cumplidos y la experiencia laboral en el ámbito que se quiera acreditar debe ser de al menos tres años o 300 horas de estudio.

Tras el primer llamamiento tendrán lugar una serie de convocatorias que periódicamente realizarán las Administraciones para procedimientos de acreditación de competencias profesionales, en los que los candidatos podrán demostrar lo que saben hacer para obtener una acreditación, además de recibir orientación sobre cómo conseguir una titulación oficial.

La primera convocatoria consta de 60 000 plazas, financiadas conjuntamente por los ministerios de Educación y Trabajo. El 75 % de éstas, corresponden a los ámbitos de Hostelería y Turismo, Reparación y Mantenimiento de Vehículos, Educación Infantil y Dependencia. Mientras que el 25 % restante será determinado por las Comunidades Autónomas.

La justificación de la experiencia laboral en el ámbito profesional establecido por la convocatoria se debe realizar mediante: original o copia compulsada del certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad a la que se esté afiliado, donde conste la empresa, la categoría profesional (grupo de cotización) y el periodo de contratación, así como también el original o la copia compulsada del Contrato de Trabajo o certificado de la empresa donde se haya adquirido la experiencia laboral, se debe hacer constar específicamente la duración de los periodos de prestación de los contratos, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en que se ha realizado dicha actividad, esto para trabajadores por cuenta ajena.

Los trabajadores por cuenta propia deben presentar: la certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de los periodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y descripción de la actividad desarrollada y tiempo en el que lo has realizado.

Los desempleados deben presentar la copia sellada de la Tarjeta de demandante de empleo, mientras que quienes desarrollen labores de voluntariado o sean becarios deberán presentar un certificado de la organización donde hayas prestado el trabajo.

En cuanto a la formación, esta se demuestra mediante un documento que acredite los contenidos y las horas de la formación relacionada con las competencias profesionales que se quiere demostrar, además de cualquier documentación que se crea conveniente aportar para completar y justificar los conocimientos profesionales.

Los trabajadores mayores de 25 años que no puedan demostrar su experiencia o formación podrán solicitar su inscripción provisional en la convocatoria. Una vez valorada su situación, se les confirmará si pueden participar en el procedimiento.

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