Ambiente confirma que perros ferales atacaron a decenas de ovejas en Cotopaxi

Perros ferales son los culpables de la muerte de varias ovejas en Cotopaxi, Ecuador. Foto: Redes Sociales

Hace unos días se registraron algunos ataques a ovejas en Cotopaxi, en la Sierra centro del Ecuador. A propósito de este acontecimiento, el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica de Ecuador (Maate) confirmó que fue provocado por perros ferales y no por un puma como se sospechaba. Así lo informó la cartera de Estado este viernes 25 de marzo de 2022.

Por lo tanto, se descarta la posibilidad de que el felino fue el culpable del ataque a los animales de corral. Ante este hecho, el Ministerio de Ambiente indicó que gracias a una verificación en campo se obtuvo que "el número de animales de corral afectados son máximo 80 y se confirmó que el ataque fue producido por perros ferales."

Ante lo ocurrido, la cartera de Estado prepara acciones para afrontar los conflictos humano-flora que afectan sobre todo a la zona rural del país. Estos ataques suelen ser atribuidos a especies silvestres que están en peligro de extinción como es el caso del puma.

Además trabajan en el control de "especies ferales, tecnificación del manejo en la crianza de animales domésticos, investigación, monitoreo, aplicación de medidas disuasivas que permitan ahuyentar a los animales silvestres y evitar que ataquen a los animales domésticos".

Protección Animal Ecuador es una organización no gubernamental que promueve la protección y el bienestar animal, tras lo ocurrido, se ha pronunciado a través de su cuenta de Twitter. Enfatizó en la falta de información para atribuirle el ataque a un puma sin previa investigación. Además, afirman que el video que circuló en redes sociales del felino no fue grabado en Ecuador.

A través de una mesa técnica se medio el conflicto; en ella participaron varias instituciones como: Ministerio de Agricultura y Ganadería, Gobiernos Autónomos Descentralizados provinciales y cantonales, Policía Nacional, ECU 911, Academia y Organizaciones No Gubernamentales.

Aspecto legal

Según el artículo 247 del Código Integral Penal menciona que: “Delitos contra la flora y fauna silvestres.-La persona que cace, pesque, tale, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, introduzca, almacene, trafique, provea, maltrate, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies listadas como protegidas por la Autoridad Ambiental Nacional o por instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Suplementos digitales