Hemos asistido a un amplio debate sobre dos temas centrales en el derecho de la niñez y adolescencia: la relaciones de los hijos e hijas con los progenitores cuando no viven juntos y las pensiones alimenticias. El debate creció con el envío de un proyecto de reformas al Código de la Niñez, en los últimos días del gobierno, que busca introducir modificaciones en lo relativo a la patria potestad, tenencia, visitas y alimentos (en lo demás son cambios cosméticos).
Una reforma necesaria porque la legislación vigente, además de discriminar, incentiva el litigio. Hijos e hijas suelen ser usados en las disputas de pareja como una suerte de trofeo, como medio para chantajear emocionalmente o para ejercer violencia simbólica o real contra el otro progenitor; todo esto porque las reglas no contribuyen a tomar decisiones pensadas en beneficio de hijos e hijas, de hecho la mayoría de decisiones tienen un impacto negativo en la vida de todos los involucrados, provocando con el tiempo la ruptura o la desaparición de relaciones significativas con el progenitor al que no le correspondió la tenencia, quien usualmente paga la pensión de alimentos, reduciendo su rol -en muchos casos- al de pagador y visitante esporádico. Con el tiempo, debido a las dificultades del contacto o su irresponsabilidad, desaparecen de la vida de sus hijos.
Los estudios serios sobre el tema, por ejemplo los de Golberg, Coleman o Pruett, ponen énfasis en la necesidad del involucramiento de los progenitores en la crianza de los hijos e hijas y demuestran cómo los seres humanos desarrollamos nuestras competencias sicológicas y emocionales, a pesar de la no convivencia cuando existen nexos afectivos relevantes. Obviamente, se necesita dinero para criar a los hijos, pero el aspecto emocional, los afectos, y la seguridad son esenciales para la vida de los seres humanos; los acuerdos o decisiones ayudan a dar estabilidad en momentos de turbulencia o a incrementar la angustia.
Asumo una intención positiva de los redactores de la reforma, pero lo enviado a la Asamblea no refleja la centralidad de los intereses de niños, niñas y adolescentes, al contrario: exacerba la intervención estatal ya que se prevé que todos los acuerdos sean aprobados por los jueces; se elimina el derecho de los adolescentes a decidir con quién vivir; no se limita la discrecionalidad judicial, si bien se introducen algunos criterios para guiar la decisión, la propuesta se aleja de los mejores estándares en este campo; introduce la tenencia compartida pero con reglas que forzarían este régimen incluso cuando existe abierto desacuerdo; se establece el cambio casi inmediato del régimen de tenencia o de visitas en caso de su incumplimiento, perdiendo de vista que esto no siempre se debe a la mala fe de la persona que cuida al niño o niña.
La propuesta de reforma de alimentos también presenta limitaciones y problemas, en ocasiones parece haberse escrito desde la anécdota personal, pero es un tema que se analizará en la próxima columna.