La Corte Constitucional, piedra angular de la Constitución del 2008 y pieza clave de la acumulación de poder correísta, desde su primera composición, cuando se asignó la calidad de transitoria bajo la presidencia de Patricio Pazmiño (hoy juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos), envió un mensaje claro sobre el papel que jugaría, usando una retórica “neoconstitucionalista” abrió la puerta a niveles inaceptables de discrecionalidad en la selección, tramitación y decisión de las causas. En ningún momento de su trabajo se sujetó a reglas claras y predecibles, de hecho se pueden identificar casos en los que con hechos y argumentos parecidos toman decisiones contradictorias.
Basta releer sus primeras sentencias, en las que se invocaba la “creatividad” de los jueces, la necesidad de alejarse de un proceso silogístico (es decir lógico) de aplicación de las normas y la afirmación de que toda la Constitución estaba abierta a interpretación, para anticipar el estado de total inseguridad jurídica vivida. Existía una certeza, sus decisiones favorecerían a quienes manejaban los hilos desde el poder y a quienes debían -casi todos- los jueces constitucionales su cargo. Los “escogidos” nunca les fallaron, en todos los casos en que estaba en juego el “proyecto político” le dieron la razón al correísmo.
Los poderes discrecionales pueden ponerse al servicio de cualquier causa y la Corte, gracias a la acción extraordinaria de protección, tiene entre sus competencias la posibilidad de revisar decisiones judiciales ordinarias, muchas con un impacto patrimonial relevante, por ello su discrecionalidad parece haber dado origen a un tarifario diferenciado para la admisión de causas y las decisiones, como lo han denunciado varios abogados y empresarios.
Siempre se podrá decir que han dictado fallos que han servido para corregir situaciones abusivas, absurdas o abiertamente contrarias a la Constitución y a los derechos; se podrá exhibir más de un ejemplo, sin embargo, en el balance global su actuación ha sido claramente negativa.
Con la reciente decisión de la Corte Constitucional, dejando sin efecto las enmiendas del 2015 aprobadas gracias a su dictamen, se ha ratificado más allá de toda duda que están dispuestos a ponerse al servicio de cualquier causa y objetivo, en tanto puedan mantener su cargo, por ello se requiere un cambio urgente, pero lo sucedido con algunas designaciones recientes del CPCCS-T debe alertarnos. No se trata sólo de cambiar nombres, los designados deben tener una vida profesional e intelectual que les permita hacer su trabajo de forma independiente y honesta, en caso alguno su origen debe responder a cuotas o acuerdos políticos y tampoco deben haber sido parte o beneficiarios de estos años de abuso. Esperemos que el CPCCS-T cese a la Corte y acierte en las designaciones de nuevos jueces para que no repitamos la historia reciente y en poco tiempo estemos avocados a un nuevo régimen de transición.