Conozca cómo liberar un vehículo retenido por Pico y placa

La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) informó que del 8 al 12 de noviembre se registraron 772 infractores. Foto: Patricio Terán / EL COMERCIO
Desde el 8 de noviembre del 2021 agentes civiles de tránsito comenzaron a sancionar a los conductores que incumplen la restricción vehicular del Pico y placa en el Distrito Metropolitano de Quito, medida que entró en vigencia el 4 de este mes.
La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) informó que del 8 al 12 de noviembre se registraron 772 infractores.
La sanción por incumplir por primera vez la restricción es 15% del Salario Básico Unificado (USD 60); la reincidencia aumenta al 25% de un salario (USD 100); y desde la tercera vez en adelante la multa alcanza el 50% del salario (USD 200).
Los agentes de tránsito se ubican en sitios estratégicos de la ciudad y, con base en el cronograma de aplicación, verifican que solo circulen los vehículos habilitados, de acuerdo con el día y el último dígito de la placa de identificación.
El plan Pico y placa tiene una restricción de dos dígitos, según el último número de la placa de tal manera que: lunes no circularán las placas terminadas en 1 y 2; martes 3 y 4; miércoles 5 y 6; jueves 7 y 8; viernes 9 y 0. El horario de limitación es desde las 05:00 hasta las 10:00 y de 16:00 a 21:00. Los fines de semana y feriados hay libre movilidad.
Cuando se detecta un incumplimiento de la normativa los agentes ejecutan el procedimiento y trasladan el vehículo a los Centros de Revisión Vehicular (CRV).
La liberación del automotor se la puede realizar, fuera del horario de restricción, cumpliendo los siguientes requisitos:
-2 copias y original del pago de la sanción administrativa.
-2 copias y original de la matrícula del vehículo.
-2 copias y original de la cédula del propietario, en caso de ser empresa, el RUC y el nombramiento del gerente.
Si la liberación la realiza una tercera persona el usuario deberá presentar un poder debidamente notariado o el contrato de compra venta.
Además, la AMT explicó que si el vehículo fue trasladado en grúa a los CRV el propietario deberá cancelar el valor de acuerdo con la distancia recorrida. La entidad aclaró que el monto no es recaudado por el Municipio, sino que pertenece a un servicio particular.