El presidente, Guillermo Lasso, remitió a la Asamblea Nacional este miércoles, 2 de junio del 2021, el veto parcial por inconstitucionalidad a la reforma de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
El Ejecutivo vetó cuatro artículos. El primero se refiere a que las plataformas digitales deben estar ancladas a cooperativas de taxis para poder operar.
El segundo tiene que ver con la propuesta de prohibir la cesión de acciones o participaciones durante cinco años en las compañías de transporte terrestres.
La tercera objeción se relaciona con el artículo que centraliza en la Agencia Nacional de Tránsito la competencia que hoy también tienen los gobiernos locales para el otorgamiento de títulos habilitantes, lo cual es un retroceso -según el Ejecutivo- en materia de descentralización del Estado.
Finalmente, la norma propone la moratoria para el otorgamiento de títulos habilitantes por dos años para transporte público y comercial, lo cual frenaría la creación de nuevas empresas, el crecimiento y formalización de nuevas compañías de transporte y la adquisición de camiones por parte de las compañías.
El Ejecutivo tenía hasta este miércoles 2 para pronunciarse sobre esta reforma de Ley, aprobada por la Asamblea anterior el 30 de abril pasado.
En el documento del veto que llegó a la Asamblea, el Presidente señala que la Ley de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial tiene aspectos positivos para el país en su mayoría.
Puntos de la Ley de Transporte Terrestre
Según el Legislativo, la norma tiene ejes enfocados en la movilidad sostenible, educación vial, tecnología para ejercer el control del tránsito.
Varios artículos generaron críticas de sectores productivos y pequeños y medianos transportistas, quienes piden vetar parcialmente el proyecto. Esas actividades consideran que ciertas disposiciones “atropellan la libre competencia y empresa”.
Uno de ellos es la Disposición 81 del proyecto, que fue vetado. Este plantea declarar una moratoria para el otorgamiento de nuevos títulos habilitantes por el plazo de dos años. La aprobación dejaría a 40 000 pequeños transportistas de carga sin poder formalizarse.
Con respectos a las plataformas digitales, la reforma señala que para operar en el país tienen que estar ancladas a una cooperativa, lo cual bloquearía a estas plataformas.
Mientras tanto, los transportistas pesados conglomerados en empresas grandes creen que la norma es positiva y señalan que las dudas pueden aclararse en el reglamento.
Ahora se espera el pronunciamiento de la Corte Constitucional (CC), que hará un análisis para determinar si estos artículos son inconstitucionales, luego será remitido a la Asamblea.
El artículo 139 de la Constitución señala que si el veto presidencial se fundamenta en la inconstitucionalidad requerirá dictamen de la CC, que lo emitirá en un plazo de 30 días.
Si el dictamen confirmara la inconstitucionalidad parcial del proyecto, la Asamblea Nacional realizará las enmiendas necesarias para que pase a la sanción presidencial y si la CC dictaminara que no hay inconstitucionalidad, la Asamblea lo promulgará y ordenará su publicación.