Choque entre los entes electorales

Redacción Política  

Los representantes del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y el Consejo Nacional Electoral (CNE) han entrado en una disputa por la jerarquía y el control de la Función Electoral. Se trata de la primera consecuencia que generó la división, en dos instancias, del ex Tribunal Supremo Electoral.

Debido a estas primeros choques en las atribuciones, ambos entes coinciden en que el Código de la Democracia, en vigencia desde julio pasado, debe ser reformado. La razón: no está claro el ámbito de las competencias de cada organismo. ¿Quién sanciona qué? es la pregunta que surge entre los jueces y vocales.

2 organismos
fueron creados en la Constituyente para despolitizar al ex TSE y aplicar justicia.Según los  Art. 221 de la Constitución y el 70 del Código de la Democracia, el TCE tiene la capacidad de sancionar el incumplimiento de las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y, en general, vulneraciones de las normas electorales.

Con base en ello, por ejemplo, cuatro de los cinco jueces de este organismo iniciaron hace dos semanas los juzgamientos de las 270 infracciones cometidas durante las dos últimas elecciones. Es decir, la del 26 de abril y la del  14 de junio. De ellas, 187 son por infringir la ley seca.

Para ello los jueces se trasladan a cada una de las provincias para los respectivos juzgamientos. El TCE espera determinar las sanciones en septiembre.

Antes de la puesta en vigencia de la actual Constitución, los miembros del ex TSE podían sancionar además las infracciones por proselitismo político fuera del plazo establecido. Es ahí donde surgen  las divergencias de criterio entre el TCE y el CNE. 

La presidenta del Tribunal Contencioso, Tania Arias, señala que la competencia de establecer sanciones es exclusiva del ente al que representa. “Si ellos (el CNE) tienen la facultad de controlar la propaganda electoral tienen que ejercer las acciones respectivas. Pero el ámbito de la sanción es del Contencioso Electoral”, dijo.

Según Arias, una reforma al Código debe aclarar ese tema para evitar un futuro conflicto de competencias o una posible mutilación de la capacidad de ambos organismos.

Fausto Camacho, vocal del CNE, dijo que “asumir como ellos (el TCE) que el Consejo Electoral  no puede sancionar nada produce un efecto de debilitamiento del ente responsable de la organización de los procesos”.

Su planteamiento es que el CNE resuelva todo en primera instancia, mientras que el TCE lo haga con carácter definitivo.

Ambos organismos preparan reformas a la Ley Electoral y posteriormente el conflicto se centrará en cuál de los dos  podrá hacerlo. El Contencioso discrepa que el CNE pueda reglamentar los artículos de la Ley referente a las normas de que regulan la justicia electoral.  

Para el ex presidente del TSE, Carlos Aguinaga, lo que existe en este caso es un mal diseño constitucional. “La Carta Política tenía que dar jerarquía al ente de justicia electoral, pero no lo hizo”. Por eso, concluye, el TCE se convirtió en una especie de comisaría. 

Según Aguinaga, el principal motivo del conflicto de poder se da por el manejo de cerca de USD 6 millones que representa la multa de los no sufragantes y de los que no asistieron como miembros de las juntas receptoras.

Suplementos digitales