Faltan 35 días para el inicio de la campaña electoral y el Pleno de la Corte Constitucional todavía no va a resolver las dudas sobre la aplicación del artículo 203 del Código de la Democracia. El caso nuevamente regresa a un juez para que realice un informe, antes de pasar al Pleno del organismo.
Esta norma regula el trabajo de los medios de comunicación durante la campaña electoral. Según el Código electoral, “los medios de comunicación social se abstendrán de hacer promoción directa o indirecta que tienda a incidir a favor o en contra de un determinado candidato, postulado, opciones, preferencias electorales o tesis políticas”.
Ayer, el Pleno del organismo constitucional se reunió por primera vez, oficialmente, desde su designación el 6 de noviembre pasado. Allí, sus jueces definieron que todos los casos que estaban pendientes de resolución en el Pleno sean nuevamente sorteados entre todos los magistrados.
Entre estos procesos está la ampliación del Código de la Democracia, planteada por la Unión Nacional de Periodistas (UNP). En el resorteo, el caso cayó en manos de la jueza Ruth Seni Pinoargote, quien está de vacaciones hasta la próxima semana.
Ella deberá elaborar un informe sobre la ampliación, para posteriormente enviarlo al Pleno del máximo organismo para su resolución final. Esta ampliación no frenará la ejecución del Código.
El recurso se presentó el 19 de octubre pasado, luego de que la Corte resolviera la demanda de inconstitucionalidad planteada en contra del artículo 203 del Código electoral. El texto de la resolución que presentó el entonces juez Alfonso Luz Yunes establecía la ilegalidad de la norma. Sin embargo, Patricio Pazmiño, presidente de la Corte, elaboró un proyecto alterno que finalmente fue aprobado íntegramente.
El artículo 29 del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional, establece que el mismo juez ponente debe realizar un informe sobre la ampliación y aclaración del caso, que en este tema sería el propio Pazmiño, ante la ausencia de Luz Yunes.
Según los magistrados de la CC, el resorteo de las causas les permitirá empaparse de los casos y conocer el estado en el que están, para luego poder pronunciarse.
No obstante, el inicio de la campaña electoral cada día está más cerca y los medios de comunicación todavía no tienen claro lo que podrán o no informar, para evitar sanciones administrativas.
Esto, porque para la prensa aún no se ha definido qué significa promoción indirecta. La Corte solamente señaló que los medios no podrán hacer promoción de un candidato o tendencia, disfrazándola de información que incida sobre la decisión de la gente.
Además, tampoco se ha definido qué organismo será el encargado de sancionar esta supuesta promoción indirecta o cómo se podrá comprobar.
Sin embargo, los jueces de la nueva CC prefieren tomarse su tiempo antes de resolver este tema. Legalmente, los recursos de ampliaciones y aclaraciones deben resolverse en un plazo no mayor a ocho días. Pero ya han pasado casi dos meses y todavía no hay una respuesta al tema.