Las universidades tienen un plazo de máximo 18 meses para organizar e implementar una unidad de titulación especial. Foto: Archivo/ EL COMERCIO
El Reglamento de Régimen Académico del paÃs fue reformado a través de la Resolución N° 206, del 6 de mayo del 2015. Modificó dos disposiciones relacionadas con los mecanismos de graduación de los estudiantes de las universidades.
A las universidades les da un plazo de máximo 18 meses para organizar e implementar una unidad de titulación especial para todas las carreras y programas vigentes o no vigentes habilitados para el registro de tÃtulos. Esta deberá ser avalada por el Consejo de Educación Superior (CES).
Esta unidad tiene que presentar a los estudiantes un examen denominado complexivo, como alternativa a la tradicional tesis de grado para obtener el tÃtulo profesional. Y debe tener el carácter de opcional para los alumnos. Quienes renuncien a la tesis y no aprueben el examen complexivo en dos ocasiones ya no podrán graduarse en la carrera.
El documento también señala que quienes finalizaron sus estudios, a partir del 21 de noviembre de 2008, podrán titularse bajo las modalidades que actualmente ofertan los diferentes centros de educación superior. Esto significa que podrán hacer el examen complexivo.
Pero hay un plazo máximo para que rindan esa evaluación y vence el 21 de mayo del 2016. Si no lo hace y han pasado 10 años desde que culminaron sus estudios, ya no podrá titularse en la carrera o programa ni en la misma universidad.