El Concejo de Quito aprobó la remoción de Jorge Yunda de su cargo de alcalde, conforme el procedimiento contenido en el Código Territorial. El todavía alcalde puede solicitar al pleno del Tribunal Contencioso Electoral que verifique el cumplimiento del procedimiento y las formalidades seguidas para su remoción.
Jorge Yunda sostiene que su proceso ha estado plagado de violaciones a sus derechos. Su abogado, en la sesión del Concejo en la que se aprobó la remoción, se refirió reiteradamente a la sentencia que dictó la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor de Gustavo Petro, quien fuera alcalde de Bogotá. Según la Corte, cuando el Procurador General de Colombia destituyó a Petro y lo inhabilitó para el cargo durante un mes, violó sus derechos políticos (y de quienes lo eligieron). Siempre -dice la Corte- se produce una violación a la Convención Americana cuando un órgano administrativo sanciona con la inhabilitación para el ejercicio de los derechos políticos (a elegir y ser elegido) o la destitución de un cargo, por una “inconducta social”. Para la Corte este tipo de decisiones solo pueden ser tomadas por órganos jurisdiccionales por medio de sentencias. Además de violar el principio de jurisdiccionalidad, se vulneraron las garantías de la imparcialidad y la presunción de inocencia, porque quien emitió la acusación fue la “Sala Disciplinaria” de la Procuraduría, la que posteriormente lo juzgó y sancionó, “tornando en ilusorio el derecho a la defensa”.
El proceso contra Jorge Yunda no es igual al de Petro. La instancia que resolvió la remoción no es administrativa: el Concejo Metropolitano es un órgano colegiado legislativo y de fiscalización; quienes lo conforman fueron elegidos, al igual que el alcalde, y son los representantes de la voluntad general del Distrito Metropolitano; la denuncia fue presentada por un colectivo ciudadano, de conformidad con la ley que regula el tema, y se siguió un proceso con varias fases en las que las partes presentaron sus argumentos de cargo y descargo.
El señor Yunda sostiene que no existió imparcialidad debido a que el vicealcalde, quien participó en la Comisión de Mesa y posteriormente votó por su remoción, se beneficiaría de la decisión; olvida que son 14 votos los que decidieron la remoción, las dos terceras partes del Concejo, y no Guarderas. Sostiene, y muchos se han hecho eco, que el proceso en realidad es producto de su extracción popular; las élites -dice- no perdonaron que un hombre del pueblo sea alcalde; pero olvida que sus acusadoras, y varios de los concejales que votaron en su contra, no forman parte de esas “élites” que, según él, le desprecian. No tengo duda, nuestra sociedad es clasista, pero que en las redes sociales muchas personas hagan desagradables e inapropiados comentarios respecto del origen del señor Yunda, no es prueba de que el proceso se deba a esa razón.
El caso de Yunda no es igual al de Petro, pero es claro que la decisión abrirá años de litigio; puede no gustarnos, pero está en suderecho.