¿Votar nulo?
Parece existir un amplio consenso acerca de la necesidad de desaparecer o, al menos, quitarle la potestad nominadora de las autoridades de control al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), organismo que únicamente sirvió, durante la “década ganada”, para evitar la rendición de cuentas y la fiscalización, con las consecuencias que ahora vivimos: escándalos de corrupción que no terminan y funcionarios del régimen anterior cuestionados, acusados o condenados por ellos, incluido un ex vicepresidente.
La pregunta es ¿cómo se logra hacerlo?, y en las últimas semanas se ha abierto un debate sobre la posibilidad de votar nulo en las próximas elecciones para integrar el Cpccs, con la finalidad de restarle legitimidad y abrir una puerta para iniciar el proceso para su eliminación o al menos, para retirarle las funciones nominadoras.
Quienes se oponen al voto nulo sostienen que ésta podría ser una forma de facilitarle al “correísmo” la recuperación del control del Cpccs y el consecuente desmontaje de los cambios realizados con el Cpccs transitorio. Sin embargo, se debe recordar que no se puede hacer campaña y que 80% de la ciudadanía no conoce a los candidatos. ¿Cómo, en el tiempo que resta para la elección, se le va a pedir a la gente que, entre 43 desconocidos, identifique a “correístas” y “no correístas”? Además, ¿qué se sabe de las intenciones dentro del organismo de los “no correístas? Hay que recordar también que la nueva Corte Constitucional (intocable para el Cpccs definitivo), tiene las herramientas suficientes para pararle los pies.
Ahora, la intención de quienes defienden el voto nulo no necesariamente es que gane, sino, enviar un mensaje, pero en caso de que éste ganare y se impusiera sobre la totalidad de los votos válidos, la situación se volvería aún más compleja, puesto que las elecciones quedarían anuladas, pero no podrían ser repetidas, al menos no inmediatamente, ya que existe un vacío legal que únicamente podría ser subsanado por la Asamblea. Tampoco está claro como contabilizar los votos nulos, pues existen tres papeletas diferentes (lo que viola el mandato legal). Lo lógico sería que, dado que cada ciudadano tiene 7 votos, en caso de anular las tres papeletas, se contabilice como 7 votos nulos.
Estas dudas debió haberlas aclarado, previo a la convocatoria a elecciones, el Consejo Nacional Electoral, conforme la Consulta Popular de 2018 y la Ley Reformatoria a la Ley del Cpccs, que determina su facultad reglamentaria para estas elecciones. Esperemos que aun estemos a tiempo para que cumpla con esa obligación y reglamente debidamente el proceso, considerando, sobre todo, que habrá mucha gente que encontrará en el voto nulo una forma de expresar la necesidad de poner fin a ese organismo.