No hay muerto malo

Volver al mismo punto, una y otra vez, es la historia de nuestro país. No parece relevante la experiencia acumulada, con rapidez olvidamos lo que hemos vivido y regresamos a debates del pasado como si nada hubiésemos aprendido. Esta vez, por la muerte de Carlos Luis Morales, los interesados en silenciar a la prensa, callar las voces críticas, impedir el escrutinio público e investigaciones sobre temas de interés general, iniciaron una campaña en contra de periodistas y medios que informan sobre presuntos casos de corrupción. Los defensores del silenciamiento y la opacidad confunden, deliberadamente, la presunción de inocencia como garantía fundamental e indiscutible del debido proceso, con el rol de los medios y la necesaria información sobre la forma en que usan los recursos públicos y las irregularidades en que pueden incurrir quienes los manejan.

Presumir la inocencia es esencial para el ejercicio del derecho a la defensa, permite asegurar que la carga de la prueba sea de quien acusa, y que los jueces no actúen a partir de una idea preconcebida de responsabilidad, valoren las pruebas de forma imparcial y favorezcan al acusado en caso de duda. Por esto, las autoridades tienen el deber de actuar con discreción y tratar a las personas procesadas con la debida prudencia, siendo posible diferenciar aquellas declaraciones en que “se manifieste la sospecha de que alguien es responsable de un determinado delito, de aquellas donde claramente se establece, en ausencia de una condena definitiva, que alguien es responsable del delito en cuestión”.

Los periodistas, al difundir información sobre posibles actos de corrupción, ejercen un derecho individual, pero al hacerlo permiten que se conozcan hechos relacionado con asuntos de interés público y que se haga efectivo un derecho de la sociedad y un imperativo democrático. Al emitir información entran en tensión el derecho a la reputación de los posibles responsables, primando, como ha dictaminado acertadamente la Corte Constitucional, el interés general, expresado en el derecho de la sociedad a estar informada. ¿Se desprotege el derecho de los funcionarios a su buen nombre? No, pero prima la necesidad colectiva de información. Los aludidos tienen posibilidad de solicitar rectificación (por información falsa) o réplica (por información inexacta o agraviante), o que respondan los periodistas por sus afirmaciones de forma ulterior si se demuestra que éstos actuaron con real malicia, es decir, si difundieron a sabiendas datos falsos con la intención de causar daño, “con desprecio evidente por la veracidad de los hechos”.

Con la muerte de Morales los procesos en su contra terminan, él murió conservando su presunción de inocencia, pero no significa que los procesos terminen; seguirán con otros involucrados, confirmando o refutando lo informado. Sin duda, la muerte de una persona puede apenarnos, pero no modifica el que fue un funcionario público y como tal, sujeto a escrutinio público.

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