Inspecciones íntimas
En la agenda política de estos días hay varios temas de interés que necesitan de un debate serio, profundo, alejado de los falsos dilemas que plantean el oficialismo y ciertos sectores de la oposición.
Podría analizarse el paquete de enmiendas constitucionales de Alianza País, donde se resaltan, además de las propuestas hechas a medida de la necesidad de ese movimiento (reelección indefinida y edad mínima para postularse a la Presidencia), las destinadas a restringir los derechos de participación directa; las que permitirían a las Fuerzas Armadas realizar actividades de seguridad interna en nombre de la “seguridad integral del Estado” (contraviniendo decisiones de la Corte Interamericana); los cambios en las competencias de la Contraloría; las que obligarían a los gobiernos municipales a solicitar autorización a los ministros de Estado para “construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación”; la posibilidad de que por vía legal se establezcan limitaciones -adicionales- a la acción de protección; la declaración de la comunicación como servicio público que se presta, perdiendo de vista que es un derecho que se ejerce y que el Estado debe respetar y garantizar.
También, podrían abordarse las implicaciones del proyecto de Código Monetario o el año de vigencia de la Ley Orgánica de Comunicación; sin embargo, quisiera tratar un hecho que tuvo un impacto menor en los medios de comunicación: los “cateos íntimos”.
La semana pasada, el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, denunció que las mujeres que visitan a sus familiares privados de la libertad eran sometidas a chequeos corporales intrusivos vaginales y anales.
El Estado tiene la obligación de ejercer un control efectivo sobre los centros de privación de la libertad y ofrecer condiciones mínimas de seguridad para internos, familiares, autoridades; esto no solo es una facultad, es una obligación que conlleva -entre otras medidas- el establecimiento de sistemas de ingreso que impidan la introducción de artículos peligrosos o ilícitos como armas, drogas, licor, equipos de comunicación.
Cualquier medida en este sentido debe respetar los derechos de todos los involucrados, restringiendo cualquier clase de práctica a la que someten a los familiares de los internos a tratamientos indignos como largas esperas en condiciones inadecuadas y especialmente las revisiones físicas abusivas.
Las inspecciones íntimas, ante todo por ser una forma de violencia, deben terminarse y prohibirse de forma inmediata, implementándose a la brevedad -con ayuda de la tecnología- métodos de seguridad compatibles con la dignidad de la persona humana.
Ninguna mejora en los centros de privación de la libertad, por destacable que esta sea, puede esgrimirse para minimizar la gravedad de estos abusos. Esperemos que la respuesta de las autoridades sea eficaz y no incluya la descalificación y amenaza a los denunciantes.