A más de mil profesionales que invirtieron sus ahorros y se endeudaron para cursar maestrías a distancia en universidades españolas -y aun presenciales a tiempo parcial, con ciclos de evaluación- se les ha congelado la sangre.
No conocían -ni les informó el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo, que dio créditos y que se los cobra- que no les darían valor de posgrado a las maestrías de título propio de las universidades de España, que al tenor de la Ley Orgánica de Universidades -LOU- 6/2001 de diciembre 21 del 2001, son válidos y se registran (Decreto 1393/2007, oct. 29, 2007), pero no dan derecho a la posterior promoción al doctorado de posgrado, ni a otros efectos académicos.
La LOU recoge la declaración de Bolonia, 19 de junio de 1999, para la construcción de un sistema de titulación universitaria de dos ciclos: el de grado profesional, licenciado, ingeniero abogado, médico, de mínimo tres años y el de posgrado (maestría oficial y doctorado). Sin embargo, los títulos de maestría oficial sólo comenzaron a impartirse desde el curso lectivo 2006-2007 (su normativa estuvo en el Decreto 56/2005, de 25 de enero de 2005). Antes del curso indicado, sólo había los títulos de maestría propios de las universidades españolas. Esos fueron los de todas las maestrías cursadas antes de 2006.
¿Qué se hizo en España? Para los ciudadanos de ese país se estableció un tránsito severo de titulación que les permitía acceder a los graduados con titulación propia al título oficial de maestría, a más de la oferta de maestrías oficiales desde el curso 2006-2007.
El que no seguía el tránsito académico y formal se quedaba con el título propio -forma de posgrado que continuó en las universidades españolas, sobre todo para extranjeros, que en su ejercicio posterior no estarían sujetos a normas españolas- siempre requiriéndose el título de pregrado universitario, evaluación y tesina de graduación. El problema no es solo de España, que es el país de mejor regulación universitaria posterior a la Declaración de Bolonia, sino de todos los países europeos que suscribieron la declaración que debieron pasar por la transitoriedad.
Si la génesis del problema en España está en el curso lectivo 2006-2007, y en los otros países europeos, en la misma época- pero con transitoriedad, lo que falta en el Ecuador es la transitoriedad.
Debería el órgano de regulación universitaria establecer un mecanismo de transitoriedad para validar las maestrías propias, anteriores a 2006 y posteriores a ese año, y no condenar a los títulados lícitamente con las maestrías propias al desconocimiento de su valor en lo profesional y en académico. La excepción debería ser con severa rigidez académica, en universidades con posgrado calificadas.