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Dos causas judiciales se abrieron formalmente tras registrarse el asesinato de un policía en el norte de Quito, hecho por el cual Segundo Ramón M. C. recibió orden de prisión preventiva, mientras que su hijo de 13 años y su sobrino de 15 años fueron sancionados con internamiento preventivo. La víctima, quien ostentaba el rango de sargento segundo y se encontraba vestida de civil al momento del ataque, falleció luego de sufrir 11 heridas causadas por objetos punzocortantes y golpes contusos en una licorería del sector de Rancho Alto.
Las diligencias técnicas para esclarecer el asesinato de un policía comenzaron de manera inmediata con la revisión y barrido de las cámaras de seguridad del área donde ocurrieron los hechos. Durante el rastreo en la vía pública, los uniformados localizaron un camino con rastros de sangre que condujo a los equipos periciales directamente hasta el interior de un expendio de bebidas alcohólicas.
En el establecimiento comercial se constató la presencia de más huellas hemáticas en el suelo. La persona encargada de la administración del negocio rindió su testimonio ante las autoridades policiales, identificando a Segundo Ramón M. C., a su hijo menor de edad y a su sobrino como los presuntos responsables de participar en el ataque mortal contra el funcionario estatal.
Los informes procesales señalan que la confrontación se originó en medio de una discusión surgida en el local comercial. Durante el altercado violento, el ciudadano adulto presuntamente empleó un arma cortopunzante para herir de muerte al agente policial que no portaba su uniforme de servicio.
En tanto, la hipótesis sostenida por los acusadores refiere que los dos adolescentes utilizaron cascos de motocicleta como elementos de impacto contundente para golpear de forma violenta a la víctima. Las agresiones combinadas le provocaron un total de 11 lesiones severas en su cuerpo, lo que ocasionó su fallecimiento.
Las acciones de búsqueda permitieron ubicar inicialmente al adolescente de 13 años. Mediante una intervención domiciliaria efectuada en un inmueble situado en Rancho Alto, las autoridades incautaron municiones, piezas de vestimenta y otros elementos materiales vinculados directamente con las pericias de la escena del crimen.
Posteriormente, las unidades especializadas intervinieron una segunda vivienda ubicada en la parroquia de San Juan de Calderón, sitio en el que procedieron con la aprehensión del menor de 15 años. De manera paralela, Segundo Ramón M. C. acudió por sus propios medios para entregarse en las instalaciones de la Unidad de Flagrancia, reconociendo en el parte policial que agredió físicamente al servidor.
El caso se tramita bajo la figura de procedimiento penal ordinario, por lo que las investigaciones formales correspondientes a la instrucción fiscal se extenderán a lo largo de un período de 30 días, tanto en la causa asignada al adulto como en la tramitada para los adolescentes.
La conducta investigada corresponde a la tipificación penal de asesinato, contemplada formalmente en los numerales 2, “colocar a la víctima en situación de indefensión, inferioridad o aprovecharse de esta situación”; y 10 “perpetrar el acto en contra de una o un dignatario o candidato a elección popular, elementos de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, fiscales, jueces o miembros de la Función Judicial por asuntos relacionados con sus funciones o testigo protegido”; del artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La sanción, según la normativa es de 22 a 26 años de privación de libertad.
La formulación de cargos se sustentó en los informes técnicos del agente que practicó las capturas y en las declaraciones juramentadas de los ciudadanos que presenciaron el altercado.