Luego de que el Pleno de la Asamblea concediera amnistías a 268 personas surge la duda de los alcances de esta decisión legislativa.
El artículo 120 de la Constitución de Ecuador establece que la Asamblea tiene la atribución de conceder amnistías por delitos políticos.
Quienes quedan exentos de ese beneficio son las personas procesadas o condenadas por delitos contra la administración pública, genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de conciencia.
¿Qué es una amnistía?
El Código Integral Penal (Art. 72) establece que la amnistía extingue la pena y la acción penal.
Harold Burbano, experto en Derechos Humanos, explicó que al extinguirse la acción penal se termina el proceso judicial a favor de los procesados.
El constitucionalista André Benavides dice que la amnistía significa que el delito deja de existir y el beneficiado ya no puede ser investigado o sancionado por la Función Judicial.
¿Se puede aplicar las amnistías en todas las etapas judiciales
Ayer (9 de marzo del 2022), los asambleístas de Creo y del Partido Social Cristiano (PSC) dijeron que las amnistías no se podían aplicar en todos los casos, sino únicamente, en los que existan sentencias ejecutoriadas, es decir que la condena haya sido ratificada por tres instancias judiciales.
Sin embargo, este Diario habló con tres penalistas y todos coinciden que no es necesario que haya una sentencia en firme. Aseguran que ese recurso legal se puede aplicar en cualquier fase del proceso penal, por ejemplo, en los casos de investigaciones previas o llamamientos a juicio.
Aplicación de las amnistías
Este jueves 10 de marzo del 2022, el Pleno de la Asamblea concedió amnistías a 268 personas.
La presidenta del Parlamento, Guadalupe Llori, indicó que 60 beneficiados eran judicializados por las protestas de octubre del 2019, en ese grupo está la prefecta de Pichincha, Paola Pabón, el exasambleísta Virgilio Hernández, el presidente de la Conaie, Leonidas Iza y el dirigente indígena Jaime Vargas.
También hay 153 defensores de los territorios comunitarios, 12 administradores de justicia indígena y 43 defensores de la naturaleza.
El penalista Mauricio Pacheco explica que esta decisión de la Asamblea debe llegar primero al Registro Oficial. Según los procedimientos de la Asamblea, esa publicación tarda entre uno o dos días.
De esa forma, los beneficiados de las amnistías podrán solicitar copias certificadas y remitir esa documentación a los magistrados o tribunales a cargo de las diferentes causas.
Luego, en audiencias, los magistrados dispondrán que se ejecute inmediatamente la extinción de la pena, el levantamiento de las medidas cautelares o la anulación de las sentencias en contra de los procesados.
Por ejemplo, se emitirían boletas de excarcelación inmediatas para las personas que cumplían una condena o estaban privadas de su libertad.
También se levantan todas las medidas cautelares, por ejemplo, para quienes usaban grilletes electrónicos, tenían prohibido salir del país o debían presentarse periódicamente ante una autoridad judicial.
En los procesos judiciales abiertos o que están en investigación previa, la Fiscalía deberá solicitar a los juzgadores el archivo de las causas.
Benavidez asegura que la amnistía provoca que se eliminen, del sistema judicial, los antecedentes penales a los beneficiados.
Resarcimiento de daños
Entre los 60 amnistiados por el paro de octubre del 2019, había quienes enfrentaban procesos judiciales por paralización de servicios públicos o daños a bienes ajenos.
Expertos coinciden que la decisión de la Asamblea no exime a esas personas de enfrentar demandas civiles o administrativas para reparar los daños provocados a bienes ajenos o públicos.
El penalista Gabriel Ponce, cita el ejemplo del incendio en la Contraloría. Explica que la Procuraduría puede emprender procesos civiles o administrativos para lograr una reparación material por los daños producidos en ese inmueble.