La remoción de Jorge Yunda sí se ejecutó. Ese es el criterio del juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Arturo Cabrera. Esto ocurrió cuando Santiago Guarderas, el 19 de julio pasado, asumió la Alcaldía.
En la sentencia del mencionado juez sobre la denuncia de infracción electoral presentada por Jéssica Jaramillo, del Frente de Profesionales por la Dignidad de Quito, se señala: “este acto administrativo de la segunda autoridad municipal (Guarderas) que resuelve asumir la Alcaldía en reemplazo de la autoridad removida, marca la ejecución de la resolución con fuerza de sentencia (absolución de consulta)”.
Es decir, según Cabrera, la resolución del 1 de julio pasado con la que el TCE decidió que el Concejo Metropolitano de Quito cumplió con las formalidades de la remoción, fue ejecutoriada, independientemente de que después Yunda haya regresado a la Alcaldía.
El magistrado reconoce en su decisión que a la par del trámite en el TCE, Yunda activó la vía de la justicia constitucional y existe un pronunciamiento de la Corte Provincial. Sin embargo, señala que se abstiene de pronunciarse con base en el artículo 226 de la Constitución.
La denuncia por infracción electoral muy grave tiene como argumento que Yunda no acató lo dicho por el TCE y continuó en el cargo tras la remoción.
Cabrera decidió rechazar la denuncia porque a su juicio, la denunciante no probó “nexos de responsabilidad en el cometimiento de conducta antijurídica alguna que violente disposiciones legítimas de autoridad electoral”.
Para el constitucionalista Gonzalo Muñoz, la decisión de Cabrera es contradictoria. Pese a que reconoce que la decisión de 1 de julio tiene fuerza de sentencia y que Yunda continuó en el cargo, el juez electoral decidió que el denunciante no logró probar la conducta antijurídica.
Muñoz dijo que la remoción se ejecutó. Sin embargo, todo cambió con la decisión contradictoria de la Corte Provincial y, en ese escenario, el TCE no hizo respetar su sentencia, según el experto.
Además, en la sentencia se habla del pedido de información hecho a la Corte Provincial sobre la ratificación de la acción de protección concedida a Yunda. Sin embargo, esa solicitud no fue atendida. Es decir, el TCE no contó con esa información para el expediente de la causa.
En la sentencia se lee: “este juzgador ha llegado a conocer la existencia de varias actuaciones de carácter jurisdiccional de jueces y magistrados de la Corte Provincial que habrían sido resueltos en temporalidad simultánea a la absolución de consulta y que actualmente estarían en proceso de análisis en la Corte Constitucional del Ecuador”.
Sin embargo, Cabrera dice que no se pronunciará sobre aquello con base en el artículo 226 de la Constitución. Dicho artículo habla de que las autoridades ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.
La decisión del juez y presidente del TCE es de primera instancia. Jaramillo tiene planeado presentar un pedido de aclaración el lunes 27 de septiembre. Después de que reciba una contestación, la abogada del Frente de Profesionales apelará la sentencia.