La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) formalizó un seguimiento a las condiciones del proceso de elecciones seccionales en Ecuador, fijadas para el 29 de noviembre de 2026. A través de un pronunciamiento oficial, la entidad regional requirió a las instituciones estatales brindar garantías plenas de participación política plural, igualdad en la contienda, motivación jurídica suficiente y acceso a recursos judiciales efectivos para todas las organizaciones que intervienen en los comicios.
La jornada democrática definirá las dignidades de: prefecturas, viceprefecturas, alcaldías, concejalías urbanas y rurales, vocalías de juntas parroquiales y a los integrantes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).
Aunque la votación estaba proyectada originalmente para febrero de 2027, el Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió el 27 de marzo de 2026 anticipar la fecha tras recibir un informe de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos sobre los efectos derivados del fenómeno de El Niño.
Este ajuste redujo los plazos para las elecciones primarias internas, la inscripción de candidaturas y la fase de proselitismo de las elecciones seccionales en Ecuador, medida que mantuvo su vigor tras la inadmisión de siete demandas de inconstitucionalidad en la Corte Constitucional por inconsistencias formales.
En el plano de las agrupaciones políticas, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ordenó el 6 de marzo de 2026 la suspensión temporal por nueve meses del movimiento Revolución Ciudadana dentro del registro permanente.
La resolución respondió a una solicitud formal de la Fiscalía General del Estado con sustento en el numeral 3 del artículo 374 del Código de la Democracia por indagaciones vinculadas a lavado de activos. Posteriormente, el 17 de julio de 2026, el TCE impuso idéntica suspensión de nueve meses al movimiento Amigo, anunciado previamente como plataforma de auspicio electoral.
En el ámbito administrativo, el CNE resolvió el 26 de abril cancelar la personería de los movimientos Construye y Unidad Popular por inconsistencias en el número mínimo reglamentario de afiliados.
Sin embargo, el 3 de junio de 2026, el TCE dejó sin efecto dicha medida para Unidad Popular ordenando una nueva revisión técnica, mientras que la situación jurídica del partido Construye continuó por una vía procesal independiente.
El organismo interamericano condenó de manera categórica las amenazas de muerte dirigidas contra el magistrado a cargo de la causa Nro. 029-2026 en el TCE, hecho que se encuentra bajo indagación penal de la Fiscalía.
Frente a este panorama, la CIDH enfatizó que cualquier limitación a la participación de partidos y candidatos en las elecciones seccionales en Ecuador debe regirse de forma estricta por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Carta Democrática Interamericana, el debido proceso y la certeza jurídica para resguardar las opciones del electorado.