El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) archivó la denuncia en contra del presidente del Ecuador, Daniel Noboa, el 28 de mayo de 2024.
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El 22 de mayo de 2024, Marlon Pasquel presentó una denuncia en el TCE por una presunta infracción electoral.
Según la denuncia, Daniel Noboa infringía los artículos 278, numeral 3 y, 297, numerales 2, 3, 5 y 7 del Código de la Democracia.
Pasquel denunciaba que Daniel Noboa presuntamente hizo precampaña para la Consulta Popular y Referendo que se llevó a cabo del domingo 21 de abril de 2024.
Según el numeral 3 del artículo 278, los servidores públicos que, en ejercicio de sus funciones, induzcan el voto a favor de determinada preferencia electoral o promuevan aportes económicos a una organización política o candidata o candidato, serán sancionados con multas desde 11 hasta 20 Salarios Básicos Unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años.
TCE archiva la denuncia
El juez, Joaquín Viteri Llanga consideró que los documentos no eran lo suficientemente claros, por lo que dispuso de dos días como plazo para que Pasquel aclare y complete su escrito y que señale con precisión la pretensión de su denuncia, el 24 de mayo de 2024.
El 26 de mayo, Pasquel presentó el escrito solicitado por el juez, pero esta vez sin la asistencia profesional de su abogado.
Requisito exigido en la normativa electoral y condición necesaria para comparecer ante el Tribunal Contencioso Electoral.
Luego de esto, el 28 de mayo, Pasquel intentó subsanar la ausencia de su abofado presentando un documento con la firma de su patrocinador.
El Juez del Tribunal consideró que este último escrito es extemporánea por no haber sido presentado dentro del plazo dispuesto en un inicio el 24 de mayo de 2024.
Por este motivo, el juez Joaquín Viteri Llanga se acogió al artículo 245.2 del Código de la Democracia y del artículo 7 del Reglamento de Trámites del Tribunal Contencioso Electoral para archivar la denuncia.