La Comuna Tunibamba, en Imbabura, introdujo divisiones que alteraron el carácter comunitario de la tierra, en 2014. Ante esto, la Corte Constitucional definió garantías que protegen derechos colectivos sobre tierras comunitarias.
La comuna decidió, en su asamblea, fraccionar y dividir las tierras comunitarias entre los 66 autodenominados socios de la tierra comunitaria y adjudicar media hectárea a cada uno. Estableció diferencias entre “socios”, a quienes cancelaron valores por la adjudicación de los terrenos y quienes no son considerados socios, por interpretarse que no participaron del pago del crédito.
Además, se impidió la entrada a la tierra comunitaria a 299 comuneros mayores de 18 años, a los menores de edad y a las futuras generaciones. Y prohibió el derecho de participación con voz y voto a los comuneros excluidos.
La Comuna Tunibamba es una comunidad indígena ancestral, parte del pueblo Otavalo y de la nacionalidad Kichwa. Se encuentra ubicada en el cantón Cotacachi. Fue reconocida por el Estado ecuatoriano el 15 de noviembre de 1937.
Ante una acción extraordinaria de protección de los afectados, el pasado mes de octubre del 2021, la Corte ratificó la indivisibilidad del derecho a la propiedad colectiva. En su sentencia también declaró que se vulneró el derecho a la no discriminación y a la igualdad por excluirles del acceso a la tierra comunitaria.
La Constitución establece entre los derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades “conservar la propiedad imprescriptible de sus tierras comunitarias, que serán inalienables, inembargables e indivisibles. Estas tierras están exentas del pago de tasas e impuestos”.
La división introducida por parte de la asamblea de la comuna alteraría de forma irremediable el carácter comunitario de la tierra. Según la sentencia del Alto Tribunal, eliminaría en la práctica la forma ancestral de organización territorial y ejercicio de la propiedad garantizada constitucionalmente.
“Las vulneraciones identificadas en la presente sentencia requieren repararse dejando sin efecto las decisiones sobre la tierra comunitaria que se adoptaron en la resolución de la Asamblea General de la Comuna de Tunibamba de 4 de septiembre de 2014”, indica la sentencia.
Además, la Corte exhortó a la comuna a evaluar la necesidad de actualizar sus disposiciones de Derecho interno de acuerdo a las normas constitucionales que protegen los derechos individuales y colectivos, en particular de las mujeres, niñas, niños y adolescentes.
Si la comunidad desea emitir nuevas regulaciones relativas a la administración de la tierra comunitaria, deberá tomar en cuenta que esta debe mantener su carácter comunitario garantizado en la Constitución. Tampoco podrá excluir de forma arbitraria a algunos de sus miembros del acceso a la tierra y del ejercicio de los derechos que dependen de esta.