Gobierno suspende cortes del servicio eléctrico hasta por 60 días a usuarios residenciales por falta de pago

Quejas de usuarios en el Servicio Eléctrico CNEL, matriz en La Garzota, debido a la variación de valores en las planillas de luz. Foto: Enrique Pesantes/ EL COMERCIO

El presidente de la República, Guillermo Lasso, solicitó al Ministerio de Energía que ejecute varias acciones para solventar los inconvenientes provocados por el incremento inusual de los valores de facturación de consumo de energía eléctrica a escala nacional.

A través del Decreto Ejecutivo 74 firmado este viernes, 11 de junio del 2021, el Primer Mandatario solicitó a la Cartera de Estado que se transparente el proceso de facturación eléctrica a nivel nacional.Además, pidió que se analice la aplicación medidas técnicas dirigidas exclusivamente a los usuarios residenciales del servicio de energía eléctrica a escala nacional considerando los siguientes lineamientos:

1. Para los usuarios cuyo consumo eléctrico sea hasta los 500 kWh, a los valores facturados correspondientes a los meses de abril y mayo de 2021, se podrá aplicar los valores facturados en los meses de abril y mayo de 2019. Esto se podrá aplicar, siempre y cuando, el valor correspondiente a los meses de abril y mayo de este año, sean superiores a los facturados en el mismo periodo del 2019

2. Los usuarios cuyos consumos de energía eléctrica que, durante el periodo de abril y mayo de 2021, superen los 500 kWh, se podrá aplicar una tarifa plana de conformidad a los análisis técnicos y económicos que realice la entidad competente.

Otras de las acciones inmediatas, que se detallan en el decreto, es que no se cortará el servicio de energía eléctrica hasta por 60 días a usuarios residenciales a escala nacional por falta de pago y no se exigirá el pago de facturas como requisito para atender un reclamo.

“Estas medidas descritas deben garantizar los principios de solidaridad, equidad, eficiencia, responsabilidad social”, señala el documento. El Ministerio de Energía deberá coordinar la ejecución de estas medidas con la Agencia de Regulación y Control de Energía y las empresas eléctricas de distribución y comercialización a escala nacional.

Las entidades competentes del sector eléctrico deberán realizar todas las gestiones necesarias para dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo en el término de 10 días, contados a partir de la fecha de su suscripción.

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