Cambios en desahucios y despido intempestivo en el nuevo proyecto de ley

Imagen referencial. El empleador bonificará al trabajador con el 25% del equivalente a la última remuneración mensual por cada año de servicio. Foto: Pixabay

La Ley Creando Oportunidades, entregada el viernes pasado, 24 de septiembre del 2021, por el Gobierno con carácter económico urgente a la Asamblea Nacional, plantea cambios al Código Laboral actual. La nueva normativa hace reducciones importantes en desahucios y despidos intempestivos.

Bonificación por desahucio

El desahucio es un pago que se genera por la antigüedad del trabajador. El rubro paga el empleador cuando el trabajador presenta su renuncia voluntariamente, por terminación de contrato o por despido intempestivo.

El empleador bonificará al trabajador con el 25% del equivalente a la última remuneración mensual por cada año de servicio.

Con la nueva normativa, el empleador deberá pagar el 15% del equivalente a la última remuneración mensual completada, por cada año de servicio cumplido, sin que para el cálculo se exceda de los quince años.

Para efectos de explicación se va a tomar como ejemplo un trabajador que laboró 5 años y 4 meses, en una empresa con un sueldo de USD 500 y renuncia.

Este trabajador recibe una bonificación del 25% de último salario por antigüedad de USD 125 cada año de servicio, en este caso 5 años, lo que correspondería a USD 650 más el proporcional de vacaciones, décimos y sueldo.

Con la nueva ley, el trabajador recibiría solo el 15% del salario por cada año, que corresponde a USD 75 y recibiría USD 375 más el proporcional de vacaciones, décimos y sueldo.

Para Vanessa Velásquez, abogada experta en temas laborales, señaló que la propuesta es una regresión total de los derechos. Se baja de 25% al 15% sin tomar en cuenta de antigüedad del trabajador. "No es una indemnización sino una bonificación a la que trabajador históricamente ha tenido derecho", dijo.

Si el empleado renuncia, la notificación deberá realizarse con al menos 15 días del cese definitivo de las labores, dicho plazo puede reducir por aceptación del empleador, según el Código de Trabajo vigente.

En el caso de despido intempestivo el desahucio se suma a la indemnización por el despido.

Por otro lado, el Código establece que, si el trabajador deja su puesto intempestivamente, sin previo aviso de desahucio, pagará al empleador una suma equivalente a 15 días de remuneración.

Indemnización por despido intempestivo

Según el Código de Trabajo vigente, el empleador está obligado a cancelar una indemnización de acuerdo con el tiempo de servicio, según dos escalas:

Por hasta tres años de servicio, con el valor correspondiente a tres meses de remuneración; y, de más de tres años, con el valor equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicio, sin que en ningún caso ese valor exceda de 25 meses de remuneración.

La fracción de un año se considerará como año completo. Es decir, si el trabajador laboró por 3 años y 5 meses, se le pagará por 4 años de servicio.

Con el régimen laboral que está en debate en la Asamblea, el empleador deberá pagarle una indemnización equivalente al 50% de la última remuneración completa por cada año de servicio cumplido, sin que para el cálculo se exceda de los quince años.

En el mismo ejemplo, un trabajador que laboró 5 años y 4 meses en una empresa con un sueldo de USD 500 y fue despedido intempestivamente.

Con el Código actual su indemnización sería USD 500 por 6 años de servicio, que representaría USD 3 000 más lo correspondiente al desahucio (USD 650), proporcional de vacaciones, de décimos y sueldo.

Con la nueva ley, el mismo trabajador recibiría USD 250 por 5 años de servicio, que representaría USD 1 250 más desahucio (USD 375), proporcionales de vacaciones, décimos y sueldo.

Además, el Código vigente establece que, si es despedido de forma intempestiva un trabajador que cumplió 20 años en la empresa, o menos de 25, de forma interrumpida, también tendrá derecho a una parte proporcional de la jubilación patronal, esta pensión vitalicia la paga el patrono, es adicional a la jubilación del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Con la nueva ley desaparece la pensión vitalicia por jubilación patronal.

Esta ley fue remitida a la Asamblea con carácter económico urgente, tiene 180 páginas y plantea reformas al Código Tributario, al Código Laboral, a la Ley de Hidrocarburos y a otras leyes. El Legislativo tiene un mes para pronunciarse.

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