La compra de ‘compus’, deducibles desde el 2012

El precio de las computadoras es heterogéneo. En el mercado existen variedad de modelos y de precios en equipos de computación. Foto: Archivo/EL COMERCIO

[[OBJECT]]Tal como lo anunció el Régimen el pasado 30 de noviembre, las computadoras entrarán desde el próximo año en la lista de bienes factibles de deducción del Impuesto a la Renta (IR). Así lo aseguró el director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Carlos Marx Carrasco.
“Estamos trabajando en el reglamento para el próximo año. Para efectos de la deducción de gastos personales incorporaremos dentro de la lista correspondiente a Educación la compra de equipos de computación. El monto total deducible para el próximo año estará en alrededor de USD 12 000, mientras el tope para Educación, bordeará los USD 3 000”, señaló.
Al igual que este año, en el 2012 los contribuyentes podrán deducir sus gastos personales del pago del IR en educación, alimentación, vestimenta, vivienda y salud. Pero únicamente en este último rubro se podrá deducir el máximo, es decir los USD 12 000. En el resto de ítems, las deducciones tendrán el tope de USD 3 000.
El objetivo del Gobierno, según se explicó en el día del anuncio del Presidente sobre su pedido al SRI, es que “la mayor parte de la población tenga acceso a un computador y pueda obtener conocimiento en el manejo y funcionamiento de los ordenadores”.
Sin embargo, eso no lo comparten los asesores tributarios, quienes consideran que el deducible a los equipos de computación no es una medida que cause gran impacto. Para Carlos Licto, el problema está en los topes que se crearon desde este año y que restringen la posibilidad de deducir.
“Una computadora vale unos USD 1 000, entonces el contribuyente solo podría deducir unos USD 2 000 más, digamos, repartidos entre pensiones, matrículas, uniformes, etc. No va a ser un beneficio. Si el SRI dijera que el tope de Educación sería el máximo posible (USD 12 000), tal como sucede con Salud, es otra cosa. Ahí sí se vería un beneficio claro”.
Para el auditor Antonio Yánez, también la propuesta del Gobierno, aunque es positiva, no se prevé un impacto mayor. “El grueso de las deducciones son de personas de clase media. Generalmente en este estrato ya tienen una computadora y, a la hora de elegir, creo que optarán por deducir primero las pensiones de los hijos, los uniformes, etc. Mientras que la clase baja, ni siquiera llegan al monto obligatorio para declarar el IR. Entonces, no veo un efecto real en promover una tecnologización”.
Los ejecutivos del SRI finiquitarán en los próximos días los alcances de esta norma, para conocer qué tipos de equipos de computación contempla: computadoras personales, ‘laptops’, ‘notebooks’, iPad, monitores, accesorios...
El proceso de deducir gastos personales
Los contribuyentes que acostumbran realizar sus declaraciones y pagos del Impuesto a la Renta (IR), y aquellos que quieren hacerlo por primera vez, empezarán con el proceso desde el 1 de enero del próximo año.
El primer paso será realizar una proyección de gastos personales, es decir, estimar cuánto gastarán durante todo el año en educación, salud, alimentación, vivienda y vestimenta. Esa proyección deberán presentarla a su patrono, a fin de que este calcule el descuento mensual del rol por el pago de IR.
Si el contribuyente tiene una relación de dependencia, puede optar por hacer este proceso por él mismo o dejarlo en manos del empleador. Si opta por esta segunda opción, no es necesario que realice ninguna proyección de gastos personales, ya que el empleador descontará directamente un valor presumido sobre los ingresos totales del empleado.
Pero si calcula el IR por cuenta propia, entonces debe conocer que para realizar la proyección la fracción básica estará ubicada en USD 9 382,2. Esto quiere decir que solo los contribuyentes cuyos ingresos son iguales o superiores a este valor deben pagar el IR.
El segundo paso es conocer que la deducción total de gastos personales no puede superar el 50% de sus ingresos. Si, por ejemplo, durante el año percibió ingresos por USD 10 000, sus gastos deducibles solo podrán ser, cómo máximo, USD 5 000. Y en ningún caso, sus deducibles podrán pasarse del límite establecido, que para el 2012 será de USD 12 196,8.
Por último, el contribuyente debe saber que solo en gastos en salud podrá deducir la totalidad, es decir, USD 12 196,8. Para alimentación, vestimenta, educación y vivienda, únicamente podrá deducir máximo el 25% de ese valor, que llegará a USD
3 049, en cada uno de los rubros.
La proyección de gastos deberá presentarse hasta febrero del próximo año. Y en octubre podrá rea
¿Qué es deducible?
En vivienda se pueden deducir los gastos incurridos en arriendo de un único inmueble para vivienda. Y los impuestos prediales de una única casa donde habita y de la cual es propietario.
Además, son deducibles los intereses de préstamos hipotecarios destinados a ampliación, remodelación, restauración, adquisición o construcción de una única vivienda.
En educación, los gastos deducibles son los de matrícula y pensión de todos los niveles del sistema educativo. También los útiles, textos escolares y material didáctico. Los uniformes. Y ahora equipos de computación.
En salud, se pueden incluir los honorarios médicos y los medicamentos, insumos, lentes y prótesis. Además, es posible deducir la medicina prepagada y prima de seguro médico y los servicios de salud prestados por hospitales, clínicas, laboratorios, debidamente autorizados.
En alimentación, la deducción aplica sobre las compras de alimentos para consumo humano, las pensiones alimenticias y la compra de alimentos en centros de expendio de alimentos preparados (restaurantes).
En vestimenta, los contribuyentes pueden aplicar a la deducción de gastos personales en lo concerniente a las compras realizadas de cualquier tipo de prenda de vestir. Sin embargo, no incluye accesorios.
Las bebidas energizantes y las bebidas alcohólicas no entran en la deducción. En cambio, las bebidas gaseosas y el agua embotellada sí son deducibles.
Los suplementos nutricionales y la leche en fórmula sí se consideran para los deducibles. También los pañales y los gastos en cirugía plástica.