Nuevos lineamientos rigen para la optimización de gastos en el sector público. El Gobierno busca reducir los egresos en gastos de personal, en insumos de uso de estos servidores y en la gestión pública.
Por eso, el presidente Guillermo Lasso firmó el pasado 18 de junio de 2022 el Decreto 457 para la optimización del gasto publico. El Ministerio de Trabajo es la entidad principal que deberá cumplir con las disposiciones.
Estos son los ajustes para gastos de personal:
- El pago de remuneración variable por eficiencia estará sujeto a estudios, validados por el Ministerio de Trabajo, donde se justifiquen sus beneficios.
- El Ministerio mantendrá un registro de vacantes para determinar la “estricta necesidad” de su permanencia.
- Las partidas que permanezcan vacantes por más de tres meses serán eliminadas. Hay excepciones para partidas en litigio, comisión de servicios, de mujeres embarazadas, entre otros.
- También se eliminarán o reemplazarán las partidas vacantes de ex servidores públicos, por jubilación. Esto se coordinará entre el Ministerio de Trabajo y el de Economía y Finanzas.
- Las Unidades de Gestión de Talento Humano de las instituciones del Estado crearán un registro de servidores, con el personal de las áreas de apoyo y asesoría que exceda la regulación 70/30. Es decir, un 70% de personal clave para la operación y 30% para procesos de apoyo o asesoría. Así, el Ministerio emitirá la normativa para la supresión de puestos que excedan la regulación.
- Las empresas públicas deben evaluar “las cargas óptimas de trabajo de sus servidores y obreros, en función de las actividades que cumplen”. Con la evaluación se determinarán “acciones orientadas a la optimización de recursos“.
- Cuando las entidades den por terminado un contrato de servicios ocasionales o nombramientos provisionales no podrán contratar o incorporar a ese mismo o nuevo personal “con cargo a proyectos de inversión“.
- El Ministerio de Trabajo se podrá abstener de autorizar la contratación de personal adicional para las entidades que concedan comisiones de servicios o licencias sin remuneraciones.
- Para el pago de horas extraordinarias y suplementarias se establece una planificación que será autorizada por las Unidades de Gestión de Talento Humano. Esta planificación no podrá de exceder de 20 horas al mes y deberá tener la “debida justificación”.
Estos son los ajustes para gastos de bienes y servicios:
- Priorización de la contratación de personal residente en la zona donde presten sus servicios. Si el Ministerio de Trabajo autoriza la contratación de personal no residente, no se reconocerá el pago de viáticos por gastos de residencia, a excepción de la Función Legislativa.
- Los viajes al exterior de los trabajadores de la Función Ejecutiva serán calificados y autorizados por la Presidencia de la República. Para estos se deberá justificar “de manera estricta la necesidad de asistencia presencial” y se deberá reportar el grado de cumplimiento de los objetivos y metas planteadas.
- Las máximas autoridadades de las entidades públicas autorizarán la movilización interna de los trabajadores, cuya asistencia “se haya determinado estrictamente presencial”.
- Para pasajes aéreos se adquirirán los más económicos, según la necesidad de cada caso.
- La Secretaria Técnica de Gestión Inmobiliaria evaluará el estado y uso de los vehículos terrestres institucionales para redistribuirlos entre las entidades de la Función Ejecutiva.
- Queda prohibida la compra de automóviles de alta gama y la compra de vehículos no especializados.
- Para la Función Ejecutiva y empresas públicas se prohíbe la realización de eventos públicos y capacitaciones en hoteles, hosterías y locales privados en generales. Con excepción de aquellos que no representen gastos públicos.
- Se prohibe la asignación de telefónos celulares institucionales.
- Se contrarán servicios de seguridad y limpieza menos costosos.
Esto contempla el programa de eficiencia y racionalización:
- La Presidencia de la República, el Ministerio de Trabajo y la Secretaría Nacional de Planificación identificarán las unidades de las instituciones del Ejecutivo “que no generen aporte significativo” con el fin de proceder a su eliminación.
- Las entidades públicas remitirán a Finanzas los justificativos técnicos y legales sobre las tasas de servicios públicos. Los valores que no cumplan con los parámetros deberán se reestructurados en un plazo de 30 días, a excepción de las tasas relacionadas a salud, educación y justicia. Para ello, se evaluará la definición de estos servicios, “con la normativa aplicable en cada caso”.
- El Ministerio de Economía y Finanzas revisará de forma trimestral el estado del presupuesto entregado a las entidades. Las certificaciones presupuestarias, que no tengan compromiso de gastos ni estén en ejecución, serán liquidadas.
- Se realizará la evaluación de los contratos de inversión para verificar el cumplimiento de obligaciones legales. En casos de incumplimiento injustificado y no remediado se darán por terminados.
En el decreto se establecen los plazos para la implementación de los distintos lineamientos. Por ejemplo, el Ministerio de Trabajo tiene seis meses para emitir las guías metodológicas de aplicación del documento.