Hijos de ecuatorianos nacidos en España ya no son españoles
El 20 de octubre se cumplió un año de la normativa, por la cual los niños nacidos en España, de padres ecuatorianos, ya no pueden acceder a la nacionalidad española por presunción. Esta es una consecuencia de la aplicación del reglamento de la Constitución ecuatoriana refrendada el 28 de septiembre de 2008, que señala que son ecuatorianas las personas nacidas en el exterior, de padre o madre ecuatorianos.
Con esa novedad se encontró la lojana Marisa Paccha. Ella y su marido (también ecuatoriano) viven 8 años en Mallorca. Tienen un hijo nacido el 26 de octubre de 2008, esto impidió que acceda a la nacionalidad española.
Marisa opina que esta no ha sido una buena decisión por parte de las autoridades de su país. “Ahora todo es más complicado para nosotros y para nuestros hijos. Anteriormente con la posibilidad de que el niño sea directamente español, se facilitaban muchos trámites. Está bien la opción de que nuestros hijos sean ecuatorianos, pero en principio un niño debe ser nacional de donde nace”, dice.
‘Hay muchas trabas’
Carmen Maldonado opina igual. Esta ecuatoriana, de Latacunga, y su marido, también ecuatoriano, tienen una hija que nació en Madrid en diciembre de 2008, pero no puede ser española. A Carmen se le concedió la nacionalidad hace tres meses y le han informado que por ello su hija puede adquirir la nacionalidad por opción. “Quiero terminar el papeleo de una vez, pues siempre estoy pidiendo permiso en el trabajo y mis jefes ya me llamaron la atención. El Presidente Correa debería facilitarnos las cosas y no complicarnos más”, comenta. Esta dificultad se ha vuelto más grave en el caso de Cristian Romero, quiteño de 29 años, con nueve en España. Él y su mujer boliviana no han podido terminar de tramitar la residencia para su hijo nacido el pasado mes de octubre. “Mi mujer ha perdido el pasaporte y el Consulado de Bolivia por el momento sólo le da un resguardo que no nos aceptan para sacarle el pasaporte ecuatoriano. Todo se ha quedado ahí.
No puedo entender cómo teniendo los dos residencia en España y por una decisión de Ecuador nos compliquen tanto la vida”, señala Carmen. A este panorama se suma que los bebés deben acudir a poner las huellas para obtener su tarjeta de residencia. Con cuatro meses de nacido, el de Marisa hizo una cola de hora y media.
Primero la residencia...
El procedimiento para que un niño nacido en España -de padres ecuatorianos- regularice su situación, empieza por sacar el certificado de nacimiento en el Registro Civil, entre otros trámites, pasando por la autorización de residencia para el menor y concluye con la obtención de la nacionalidad, que dura un año.
Tanto Marisa como Carmen comentan que la obtención de la residencia para sus hijos fue rápida y en el mismo día pudieron presentar la solicitud, pagar las tasas y poner las huellas de los niños para la elaboración de la tarjeta, la misma que les fue entregada aproximadamente en un mes.
Documentos para la nacionalidad
Solicitud cumplimentada: en www.mjusticia.es. Original y copia de tarjeta de residencia y pasaporte del menor. Certificado literal de nacimiento del niño original y certificado actualizado de la inscripción consular del menor.
Certificado de empadronamiento de los padres y del pequeño, original y copia de los medios de vida de la familia en España. Es decir, contrato de trabajo y tres últimas nóminas o última declaración de renta.
En el caso de empleadas de hogar, presentar contrato de trabajo (o carta del empleador con fotocopia de su DNI) y certificado de vida laboral (o 3 últimos recibos de la Seguridad Social).
Certificado expedido por entidad bancaria que indique el saldo neto mensual de los últimos 12 meses y los titulares de las cuentas y extractos bancarios.
Esto lo presenta el padre o la madre en el Registro Civil de su localidad (ver web).