¿El arriendo de bares escolares se debe pagar mientras los planteles están cerrados?

Foto referencial. Bar de la Unidad Educativa Eugenio Espejo. Foto: Archivo / EL COMERCIO

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Foto referencial. Bar de la Unidad Educativa Eugenio Espejo. Foto: Archivo / EL COMERCIO

Una alternativa que no profundice sus problemas económicos espera Laura (nombre protegido). Ella es administradora del bar escolar de un colegio fiscal del centro norte de Quito. Desde que empezó la emergencia los bares de las instituciones educativas permanecen cerrados y a sus arrendatarios les preocupa tener que seguir pagando las cuotas mensuales, pese a no trabajar en los espacios.

“No tengo ni para comer”, dice, con la voz quebrada, al contar que su hija y nieto dependen de su trabajo. No ha pagado el arriendo de los últimos dos meses y teme perder los casi USD 7 000 de garantía que ha entregado para trabajar en el bar de la institución educativa fiscal.

Espera –dice– que de esa garantía le descuenten los meses impagos y le devuelvan la diferencia para subsistir durante la crisis que atraviesa desde la declaración de la emergencia sanitaria en el país.

La Subsecretaría de Educación de Quito dijo a este Diario que los contratos de arrendamiento de los espacios para el funcionamiento de bares escolares no están anclados o condicionados a la presencia física de los estudiantes. “Por ello, los contratos se encuentran vigentes y ejecutándose, tal como señalan esos instrumentos legales”.

A menos que haya existido una solicitud por parte del arrendatario de dar por terminado el contrato –dijo la Subsecretaría– los administradores deben seguir pagando el arriendo, ya que los contratos “siguen vigentes y se deben cumplir las cláusulas que estipulan las obligaciones de cada una de las partes”.

La administradora del bar del colegio fiscal paga USD 923 mensuales de arriendo. Para entregar la suma correspondiente a la garantía hizo un préstamo que actualmente, sin ingresos, no puede pagar y se encuentra en mora. “Estoy desesperada”.

Varios productos que ofrecía en el bar caducaron. Y los que estaban en la refrigeradora se dañaron debido a fallas eléctricas. Por esta razón también se dañó el electrodoméstico, cuenta.

Además de sufrir pérdidas por productos caducados, los administradores de bares también fueron víctimas de robos, asegura Andrés Guzmán, quien representa legalmente a 10 000 administradores de bares de planteles fiscales a escala nacional.

Hasta el 10 de mayo, 211 planteles del país habían sido asaltados durante la crisis por el covid-19. Esto –dice el abogado– incluyó en gran medida a los bares, de donde se llevaron productos y mobiliario, asegura.

En el 2014, los ministerios de Educación y Salud suscribieron un Acuerdo Interministerial mediante el cual se expidió el Reglamento para el control del funcionamiento de bares escolares del sistema nacional de educación. Y en el 2015 se expidió el Instructivo de operativización del Reglamento.

El artículo 28 de este –señala el abogado– establece que si el administrador de los bares escolares trabaja 170 días tiene que salir un valor constante para el canon arrendaticio, dividido para 12 meses, “lo cual a todas luces no se está cumpliendo, ya que no se está trabajando los 170 días”.

La Subsecretaría detalló que los costos de arrendamiento se basan en la cantidad de estudiantes y la tipología de espacio con el que cuentan las instituciones educativas. El valor mensual es calculado de acuerdo con el número de estudiantes matriculados en la institución y el número de días de servicio.

“El número correspondiente al cuarenta por ciento de estudiantes matriculados se multiplicará por USD 0,25 para las instituciones educativas urbano marginales y rurales. El número correspondiente al cuarenta por ciento de estudiantes matriculados se multiplicará por USD 0,35 para las instituciones educativas urbanas. Se considerará dentro del cálculo el número de días de servicio que prestará el bar escolar, así: 140 días por siete meses de 20 días, 30 días por tres meses de 10 días (incluidos semana de exámenes quimestrales, dinales y supletorios, festivos locales y nacionales)”.

El total de 170 días que resulta –explicó la Subsecretaría– se divide para 12 meses, determinándose así un valor constante de 14,17 número de días mensuales. Eso se multiplica por el número de estudiantes matriculados y por el coeficiente, según sea el caso (urbano marginales y rurales o urbanos). “Del valor obtenido del parámetro anterior se calculará el 10% y ese monto será el valor que la institución educativa deberá cobra mensualmente al prestador del servicio del bar escolar por concepto de utilización de la infraestructura física y sanitaria del bar, más el impuesto al valor agregado vigente”.

La Subsecretaría de Quito señala que ha recibido dos oficios a nombre de conglomerados de arrendatarios, solicitando la ampliación de plazo y, en algunos casos, la renovación automática de los contratos que estaban por terminar en este mes de junio.

El representante de los administradores de bares señala que han realizado acercamientos y enviado pedidos a esa Subsecretaría y al Ministerio de Educación desde que empezó la emergencia. “Luego de mucha espera recibimos una respuesta tibia indicando que las competencias son de los administradores de contrato (rectores de los planteles) quienes tendrán que definir las políticas que crean convenientes de acuerdo a cada institución”.

Eso –señala Guzmán– significa que ellos decidirán si retiran el contrato a las personas terminando unilateralmente o por acuerdo de las partes, conforme lo establece el artículo 92 y 93 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, “vulnerando los derechos constitucionales que tienen las personas al trabajo, como establece el artículo 33 de la Constitución”. También –señala– podrían tomar en consideración la renovación de los contratos o la suspensión de los mismos.

Los administradores –dice Guzman– piden que se suspendan los contratos y se retomen siempre y cuando suceda el regreso a clases con normalidad. Si no se vuelve de manera normal –agrega– existen adendas que se pueden crear al contrato. “Si se retoman las clases en septiembre y va un 50% de estudiantado se deberán crear directrices para nueva operación”. Pese a que la realidad no supera la legalidad, Guzmán afirma que existen herramientas jurídicas para tomar en cuenta aspectos beneficiosos para los trabajadores de bares.

A Kléver (nombre protegido) también le preocupa perder los USD 5 000 de una póliza de seguro de fiel cumplimiento que pago para trabajar en el bar de otro colegio fiscal, ubicado al sur de Quito. Durante la emergencia no ha podido cubrir el arriendo de USD 700 mensuales.

La Subsecretaría de Quito especificó que en el contrato no está contemplada la figura de una suspensión, ampliación o renovación automática del mismo. Además señaló que muchos contratos ya se han terminado de mutuo acuerdo, con justificación en la emergencia sanitaria.

Kléver dice que eso sería perjudicial, ya que que como él, otros administradores han invertido en el espacio del plantel en donde trabajan para dar un mejor servicio durante los dos años de duración del contrato. La terminación de este –dice– implicaría retroceder en el proceso que ganaron y que, aleatoriamente, les asignen a otra institución por medio de un concurso.

El abogado de los administradores de bares señala que en cada dirección distrital existe un criterio diferente sobre el tema. “Esto ha provocado que en ciertas provincias estén enviando directrices a los rectores para que comuniquen a los administradores de los bares que tienen que pagar durante esta emergencia, caso contrario dan por terminados los contratos unilateralmente”.

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