
El Clásico del Astillero, por la fecha 28 de la fase regular del torneo nacional, dejó a Barcelona SC como ganador sobre Emelec por 4-0, pero el choque no estuvo ajeno de disturbios. Tras los incidentes ocurridos, el cuadro azul puede enfrentar una serie de sanciones disciplinarias.
El penúltimo partido de la jornada, entre las escuadras mencionadas, se llevó a cabo en el Estadio George Capwell y fue interrumpido en tres ocasiones. La primera fue debido a un apagón en las luminarias, sin embargo, a ello le sucedieron dos paralizaciones por incidentes con la afición.
Durante la segunda mitad del partido, cuando el ‘Ídolo’ ya ganaba por 1-0 hubo inconvenientes y trifulcas entre los aficionados azules. Estos, a su vez, se enfrentaron a la Policía Nacional y fueron desalojados del escenario deportivo.
Tras el tercer gol en favor de la visita, la hinchada de Emelec volvió a incidir en el compromiso y arrojó proyectiles hacia el terreno de juego. Estos llegaron desde la localidad posterior al arco de Ignacio de Arruabarrena, golero torero, y el cotejo volvió a pararse.
Durante las dos paralizaciones también se produjo la invasión de cancha de personas no autorizadas y en instantes previos al partido se utilizaron bengalas y pirotecnia. Por cruces en la cancha salieron con tarjeta roja Byron Castillo, de Barcelona SC, y Christian Cueva de Emelec, quien se encontraba en la banca.
Pese a las reiteradas interrupciones del compromiso, el partido no fue suspendido y los toreros lograron vencer en su segundo Clásico del Astillero del año. A raíz de los hechos, sin embargo, Emelec puede recibir sanciones y, quienes protagonizaron los incidentes también pueden ser castigados.
Una vez que finalice la fecha 28, el Comité Disciplinario de la Liga Profesional expondrá el acta de sanciones de la fecha, donde se conocerá qué le espera a Emelec. De acuerdo el reglamento de la entidad y de la Federación Ecuatoriana de Fútbol, sin embargo, existen sanciones potenciales.
Dentro del Reglamento de Seguridad del torneo, en su artículo 30 sobre actos discriminatorios, racistas y ofensivos, se explica que los malos comportamientos serán sancionados. A su vez, a nivel general, señala que los actos violentos deberán ser notificados a las autoridades.
Más allá de aquel documento, para establecer penalizaciones también está presente el Código Disciplinario de la Federación Ecuatoriana del Fútbol (FEF). Este se aplica para el torneo a raíz del “Convenio de Cesión de Atribuciones y Competencias entre la Federación Ecuatoriana de Fútbol y la Liga Profesional de Fútbol del Ecuador“, como menciona Giovanni Cárdenas, jurista especializado en derecho deportivo y exviceministro del deporte.
De acuerdo al punto 2 del artículo 12 del Código Disciplinario, las infracciones son:
a) La invasión o tentativa de invasión del terreno de juego;
b) El lanzamiento de objetos;
c) Encender bengalas, bombas de humo, fuegos artificiales o cualquier otro tipo de objeto pirotécnico;
d) Uso de puntero láser o dispositivos electrónicos similares;
e) El uso de gestos, palabras, cánticos, objetos u otro medio para transmitir cualquier mensaje no apropiado en un evento deportivo, particularmente si es de naturaleza política, ofensiva o provocativa;
f) Causar daños;
g) No respetar la entonación de los himnos nacionales;
h) Cuando perturben el bienestar, tranquilidad y seguridad de una delegación en hoteles y traslados;
i) En casos de agresión colectiva, riña o tumulto;
j) Cualquier otra falta de orden o disciplina que se pudiera cometer en el en sus inmediaciones antes, durante y a la finalización de un partido.
De acuerdo al reglamento de la FEF, las sanciones económicas que se pueden aplicar a raíz de las infracciones que se considere van entre 50 y 10 mil dólares a nivel económico. Sin embargo, estas no son las únicas, pues también puede haber otras más severas.
Entre las medidas que se pueden aplicar están las advertencias, apercibimientos, multas, devoluciones de premios, retiradas de títulos y la realización de servicios comunitarios.
Otros castigos para el club pueden incluir el jugar partidos a puertas cerradas o con aforo limitado, así como el cierre parcial del estadio o la prohibición de disputar compromisos en un escenario determinado.
A ello se le suma la obligación de jugar en cancha neutral, la anulación de un resultado, la determinación de un resultado, la repetición de un partido, la prohibición de venta y compra de boletos, reducción de puntos, retirada o cancelación de una licencia, descalificación de competencias vigentes o futuros, implementación de planes de prevención, retención de ingresos, prohibición de inscribir jugadores y restricción en el número de futbolistas a registrar.
Para Cárdenas, algo que será fundamental para definir las sanciones sobre el ‘Bombillo’ será el informe arbitral, en conjunto con las instituciones, y puede haber un castigo de mayor impacto que también tenga peso económico. “Puede darse la obligación de jugar uno o varios partidos sin sin espectadores que es una sanción mucho más grave desde lo económico porque jugar sin público significa que la taquilla no estará dada“, señaló.
En caso de que algo no se evidencie en el informe arbitral, el jurista también sostiene que las instituciones pueden actuar de oficio. Con respecto a los actores identificados -personas naturales- estos también son sujetos a sanción de acuerdo al Reglamento de Seguridad de la Liga Pro y a la “Ley Orgánica de Prevención y Sanción de la Violencia en el deporte“.
Información extra: El Clásico

