No usar mascarilla se sanciona con una multa de USD 100. Foto: Patricio Terán / EL COMERCIO
Durante la emergencia sanitaria, que se inició el 16 de marzo tras la suscripción del estado de excepción, el Gobierno nacional y las autoridades locales reglamentaron acciones de obligatorio cumplimiento. Con las medidas se busca detener la propagación del covid-19.
La violación a estas disposiciones genera multas económicas que se cobrarán directamente a los infractores a través de las planillas de servicios públicos o mediante pagos bancarios.
Sanción por violar el toque de queda:
En el Acuerdo Interministerial 002-2020 suscrito entre los ministerios de Salud y de Gobierno se reglamentó la aplicación de multas por incumplimiento del toque de queda en el contexto de la pandemia.
En el documento se establece que la sanción económica “será aplicada a cualquier planilla de servicio público que se encuentre a nombre del infractor”. La implementación de esta modalidad de cobro será a partir de agosto del 2020.
Si la persona multada no cuenta con planillas a su nombre, la sanción se remitirá a distintas entidades públicas con capacidad coactiva, como por ejemplo el Servicio de Rentas Internas (SRI).
El comandante general de la Policía en Quito, Fausto Salinas, señaló que durante la emergencia sanitaria se ha sancionado a 23 477 por infringir el toque de queda por primera vez. La sanción por primera vez es de USD 100.
También se registraron 2 397 reincidentes que deberán pagar USD 400 adicionales y otros USD 62 que además del pago económico enfrentan un proceso legal por incumplir la orden de autoridad competente, lo que podría significar a una sentencia de hasta tres años de prisión.
En Quito, el toque de queda inicia desde las 21:00 hasta las 05:00 de lunes a jueves. Desde este viernes 31 de julio se implementan cambios. Los fines de semana rige la restricción de movilización desde las 19:00 hasta las 05:00.
Sanción por no utilizar mascarilla en lugares públicos y no respetar el distanciamiento:
La Agencia Metropolitana de Control informó que, al establecer una sanción, se emite una orden de pago a través del Sistema de Administración de Obligaciones (SAO). Con este documento, el usuario puede cancelar esa obligación económica en cualquier institución bancaria, o bien en línea con cualquier tarjeta de crédito. Esto agilizará el proceso de pago.
Si el usuario no cuenta con los medios suficientes para saldar la deuda puede recurrir a convenios de pago en la Dirección Financiera (Calles Chile y Guayaquil). La Agencia recordó que, para optar por un convenio, es necesario pagar al menos el 20% de la multa y así refinanciar los valores restantes.
El usuario debe entregar el comprobante de pago a la Agencia Metropolitana de Control para que su expediente sea completado, finalizado y archivado.
El proceso para emitir las sanciones se encuentra reglamentado en la Ordenanza Metropolitana 010.
Ahí se sanciona con una multa de USD 100 y USD 200 en caso de reincidencia a toda persona sin mascarilla ubicada correctamente que transite o realice actividades de cualquier tipo en el espacio público. Con el mismo monto se multa a las personas que no guarden una distancia de al menos dos metros unas de otras.