El fallo judicial con el que se declara inocente a los hermanos Roberto y William Isaías, exdueños del extinto Filanbanco, consta en un documento de 67 páginas. Fue emitió ayer, 19 de mayo del 2021, y se hizo público este 20 de mayo.
Los jueces que analizaron el caso explicaron que “no se ha comprobado la existencia del delito de peculado por el abuso de los fondos de préstamos de liquidez entregados por el Banco Central del Ecuador a Filanbanco, en el periodo septiembre a diciembre de 1998”.
Según los magistrados nacionales, “se desvirtuó la autoridad de cosa juzgada y se restituyó el estado constitucional de inocencia”.
En esta decisión judicial, los magistrados indicaron que todos los bienes entregados por Filanbanco S.A. sus filiales y sus accionistas, con motivo de la crisis bancaria ocurrida en el país, fueron producto del cumplimiento de obligaciones de carácter civil y administrativo, que son independientes de la responsabilidad penal y de este proceso.
Luego dijeron: “Por lo tanto no hay lugar a la devolución de esos bienes”. El caso de los bienes se analiza en otra instancia.
La decisión de declararles inocentes no fue unánime. Daniella Camacho y Luis Rivera fallaron en ese sentido. Pero el juez Marco Rodríguez declaró improcedente el recurso de revisión interpuesto por Jorge Zavala, abogado de los hermanos Isaías.
El artículo 658 del Código Integral Penal establece que el recurso de revisión aplica cuando existen simultáneamente dos sentencias condenatorias sobre una misma infracción, “que sean contradictorias y que revelen que una de ellas está errada”.
Otra causa es cuando la sentencia se ha dictado con documentos o testigos falsos o con informes periciales maliciosos o errados.
Este recurso legal puede ser admitido cuando hay nuevas pruebas que demuestren que la sentencia ejecutoriada era errada.