Juez, que otorgó hábeas corpus a Glas, está investigado por prevaricato

El juez Banny Molina, quien concedió el hábeas corpus a Jorge Glas, está procesado por prevaricato y usurpación de funciones. Fotos: Twitter y Archivo/ EL COMERCIO

El Consejo de la Judicatura (CJ) presentó una denuncia por el presunto delito de usurpación de funciones contra el juez Banny Molina. Esa acción se dio luego de que ese magistrado concediera un hábeas corpus al exvicepresidente Jorge Glas y a Daniel Salcedo

 El lunes 8 de agosto de 2022 se conoció que, con esa acción constitucional, el juez Molina ordenó la liberación de ambas personas sentenciadas por actos de corrupción. Por esta decisión del magistrado, la Judicatura dijo que “en estricto apego a la Constitución y a la Ley, se actuará con absoluta firmeza en el ámbito de sus competencias”.  

Proceso penal en contra del juez 

La Judicatura dijo que el magistrado Molina, de la Unidad de Garantías Penales de Portoviejo, concedió el hábeas corpus a Glas y Salcedo sin tener jurisdicción para hacerlo.  

Él perdió su jurisdicción al ser acusado de prevaricato, en otro proceso judicial, y además está llamado a juicio por ese delito.  

Este martes 9 de agosto del 2022, la Fiscalía informó que el pasado 5 de mayo, el presidente de la Corte Provincial de Manabí, Carlos Zambrano, dictó sobreseimiento a favor de Molina por ese delito. Es decir que levantó los cargos penales en su contra, pues aseguró que no habían suficientes evidencias para demostrar su responsabilidad en esa infracción penal.  

Sin embargo, la Fiscalía y la Judicatura apelaron esa resolución. El pasado 5 de agosto, un Tribunal Penal de la Corte Provincial de Manabí revocó el sobreseimiento y llamó a juicio a Molina por prevaricato.  

Su presunta participación en este ilícito se habría perpetrado en diciembre del 2018. Según Fiscalía, “el Juez habría ordenado que una persona sentenciada a dos años por peculado cumpla la totalidad de su pena privativa de libertad en su domicilio (arresto domiciliario), sin que se cumplan las condiciones necesarias para otorgar ese beneficio”. 

El COIP sanciona el prevaricato

El prevaricato de los jueces es un delito tipificado en el artículo 268 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Este ilícito se sanciona de tres a cinco años de cárcel. 

La Judicatura explicó que, al estar llamado a juicio, la jurisdicción del juez Molina se encuentra legalmente suspendida. El artículo 153 numeral 1 del Código Orgánico de la Función Judicial señala que “la jurisdicción de una jueza o un juez se suspende por haberse dictado un auto de llamamiento a juicio penal en su contra”. 

 

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