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La Corte Nacional de Justicia (CNJ) concedió la extradición a Estados Unidos de los ecuatorianos D.J.S.B. (Daniel Salcedo) y R.P.H.R., requeridos por la justicia de ese país. La decisión la tomó el presidente encargado de la Corte Nacional de Justicia, Marco Rodríguez Ruiz, mediante dos sentencias.
Daniel Salcedo enfrenta cinco cargos penales formulados en el Distrito Sur de Nueva York. Por su parte, R.P.H.R. fue colaborador de Salcedo y figura como testigo protegido dentro del caso que investiga el asesinato del excandidato presidencial Fernando Villavicencio.
A inicios de septiembre, Salcedo no aceptó de inmediato su extradición a Estados Unidos. El ciudadano argumentó que no había podido revisar los cargos que constaban en el expediente.
Con esa decisión, el proceso podía continuar por el procedimiento ordinario. En ese escenario, la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia debía evaluar la solicitud presentada por el Gobierno estadounidense y resolver si correspondía conceder la extradición.
Ese trámite finalmente no fue necesario. Salcedo cambió de decisión y aceptó su extradición inmediata a Estados Unidos.
R.P.H.R., excolaborador de Salcedo y testigo protegido en el caso por el asesinato de Villavicencio, había aceptado previamente su extradición a territorio estadounidense.
La Corte Nacional de Justicia informó este 1 de octubre de 2026 que Rodríguez Ruiz concedió la extradición de ambos ciudadanos ecuatorianos requeridos por Estados Unidos.
La resolución de la Corte también establece qué ocurrirá con los plazos relacionados con las penas y los procesos que ambos ciudadanos enfrentan en Ecuador.
Según la CNJ, cuando las autoridades entreguen a Salcedo y R.P.H.R. a Estados Unidos, se suspenderán los plazos de prescripción de la acción y de la pena correspondientes a los delitos cometidos en territorio ecuatoriano.
La medida se sustenta en el artículo 72.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con la Disposición Reformatoria Primera de la Ley Orgánica de Extradición.
La suspensión busca evitar que los delitos prescriban mientras los ciudadanos permanecen fuera de Ecuador. De esta manera, la Corte señala que se garantizan los principios de no impunidad y justicia establecidos en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador.
Con la decisión, la Corte Nacional de Justicia reafirmó su apego al debido proceso y a la cooperación internacional. La institución también señaló que aplicó la normativa constitucional y legal vigente para resolver las solicitudes de extradición.
La entrega a Estados Unidos constituye el siguiente paso después de que la Corte concediera la extradición de ambos ciudadanos. Salcedo y R.P.H.R. son requeridos por la justicia estadounidense, mientras en Ecuador sus plazos de prescripción quedarán suspendidos una vez que se concrete la entrega.
🚨 #ExtradiciónCNJ | Se concedió la extradición de D.J.S.B. y R.P.H.R., requeridos por los Estados Unidos de América.
— Corte Nacional de Justicia (@CorteNacional) October 1, 2026
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