El Municipio de Quito estableció un nuevo mecanismo para determinar los aforos en restaurantes, bares, discotecas, gimnasios y eventos públicos. Ahora funcionará una tabla que, con base en tres criterios, definirá el nivel de riesgo en Quito.
Con fecha 13 de septiembre del 2021, el alcalde Jorge Yunda emitió la Resolución A 040. En ese documento se establece que hay cuatro niveles: bajo, medio, alto y muy alto.
El primer criterio es el de la transmisión del virus. Ahí se toma en cuenta la positividad de los últimos 14 días, la tasa de incidencia por cada 100 000 habitantes y el exceso de mortalidad.
El segundo criterio es la capacidad del servicio hospitalario. En esto se tomará en cuenta la ocupación de camas UCI por covid-19 y la ocupación de las de hospitalización.
Finalmente, el tercer criterio tiene que ver con el porcentaje de vacunados.
De acuerdo con la resolución, la Secretaría de Salud del Municipio realizará informes quincenales sobre la situación epidemiológica de la ciudad. Al final de cada mes, un informe de la misma entidad será el que determine el nivel de alerta para la capital.
El funcionamiento de los locales como restaurantes, discotecas, centros de tolerancia y gimnasios también se basará en una tabla con los mismos niveles. De acuerdo al riesgo, se establecerán los aforos.
Por ejemplo, en el nivel bajo, el funcionamiento de los bares, discotecas, centros de entretenimiento nocturno, etc, será con un aforo del 70%, implementando el protocolo de bioseguridad. Asimismo, en el muy alto. A medida que el riesgo sube, el aforo baja hasta establecer una posible restricción de las actividades si llega a muy alto.
El documento también señala aforos para centros comerciales, supermercados, agencias bancarias y restaurantes con base en los niveles de riesgo.
La decisión municipal mantiene la obligatoriedad del uso de mascarilla en los espacios públicos. También habla de mantener el distanciamiento y portar los documentos de identidad.
Hoy No Circula
La restricción de circulación llamada Hoy No Circula se mantiene. Con base en el último dígito de la placa, el cronograma establece los días en los que no se les permitirá la circulación.
Los de placas 0 y 1 no podrán circular los lunes y viernes; los 2 y 3 los lunes y martes; mientras que los 4 y 5 no lo podrán hacer los martes y miércoles. Aquellos con placas terminadas en 6 y 7 no saldrán los miércoles y jueves. Finalmente, los 8 y 9 no lo harán los jueves y viernes.
La restricción será desde las 07:00 hasta las 19:00. Hay excepción para los vehículos que tengan salvoconductos, sector productivo, sectores estratégicos y los que se fijen en el instructivo emitido por la Secretaría de Movilidad.
Los sábados, domingos y feriados oficiales todas las placas tienen libre circulación las 24 horas hasta las 07:00 del día lunes en que inicia nuevamente la restricción.