Pregunta de Daniel Noboa sobre imagen de sentenciados genera polémica

Expertos analizan la propuesta de Daniel Noboa para prohibir el uso de imagen y voz de políticos sentenciados por corrupción.

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Daniel Noboa incluyó en las preguntas enviadas a la Corte Constitucional el 9 de septiembre de 2025 una propuesta para reformar la ley y prohibir que se use el nombre, la imagen, la voz o el apoyo de personas con sentencia ejecutoriada por delitos contra la administración pública en campañas políticas o espacios públicos.

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Rehabilitación social y libertad de expresión en tensión

El abogado constitucionalista, Edison Guarango, señaló que la medida puede entrar en conflicto con el principio de rehabilitación, ya que quienes cumplen una condena deberían ser reintegrados a la sociedad y no estigmatizados de manera permanente. Explicó que impedirles aparecer en espacios públicos o campañas significaría extender la sanción más allá del cumplimiento de la pena, lo que podría ser contrario a los principios de reinserción.

También advirtió que la propuesta afecta la libertad de expresión, derecho que no desaparece con una sentencia. Subrayó que existe una colisión de derechos, en la que la Corte Constitucional deberá decidir si prima la libertad de expresión y participación política o la intención de evitar la apología de delitos y la exaltación de figuras vinculadas a la corrupción.

El rol del CNE y otros órganos de control en la aplicación

Guarango precisó que si la pregunta llega a aprobarse, el Consejo Nacional Electoral tendría la competencia principal para normar y controlar la prohibición en los procesos electorales.

Añadió que la aplicación de la medida no sería exclusiva de ese organismo, ya que en contextos distintos podrían intervenir ministerios u órganos especializados en derechos humanos o en protección de grupos vulnerables.

Indicó que la administración pública actúa bajo el principio de legalidad, por lo que cada institución debería aplicar la norma únicamente dentro de sus competencias. Además, puntualizó que la disposición regiría únicamente hacia el futuro, sin efectos retroactivos sobre procesos o campañas previas en las que se haya usado la imagen o la voz de personas condenadas.

Riesgos de direccionamiento político hacia liderazgos específicos

El analista político, Max Donoso-Muller, sostuvo que la Corte Constitucional podría no dar paso a la pregunta por considerarla dirigida contra líderes concretos, en especial el expresidente Rafael Correa. Señaló que aunque el espíritu de la propuesta busca impedir que personas sentenciadas participen en política, la percepción de direccionamiento podría afectar su legitimidad.

Agregó que para dar certeza se debería reformar el Código de la Democracia e incluir los impedimentos de manera expresa.

Además, explicó que esta medida obligaría a los partidos a depender más del trabajo de sus candidatos y menos del arrastre de liderazgos históricos, lo que podría abrir la puerta a procesos de renovación interna en los movimientos políticos.

Impacto directo en la estrategia electoral de la Revolución Ciudadana

El especialista en comunicación política, Andrés Obando, advirtió que la medida tendría efectos contundentes en la Revolución Ciudadana, organización cuya cohesión gira alrededor de la figura de Rafael Correa. Explicó que, sin la posibilidad de usar su imagen, voz o mensajes, la militancia podría experimentar confusión sobre la procedencia de las directrices y orientaciones políticas.

Recordó que varias candidaturas han resultado victoriosas únicamente por la presencia de Correa en los materiales de campaña, lo que haría más difícil mantener la misma efectividad electoral sin su figura.

Añadió que la organización podría recurrir a símbolos alternativos o a campañas de colectivos no vinculados oficialmente, y que la lectura de la medida variará: para los anticorreístas sería un triunfo político, mientras que para los seguidores de Correa representaría persecución.

Posibles efectos de censura y discrecionalidad en la práctica

La abogada constitucionalista, Tanya Torres, advirtió que implementar esta prohibición supondría vigilar discursos en medios de comunicación y redes sociales, lo que abre el riesgo de censura y discrecionalidad política. A su criterio, la propuesta no surge de un análisis de derechos fundamentales, sino que tiene un objetivo político relacionado con la limitación de liderazgos específicos.

Torres destacó que en Ecuador no existe una separación de poderes sólida, lo que podría facilitar un uso instrumental de la medida en lugar de fortalecer la democracia.

Además, sostuvo que la pregunta afecta de manera directa la dinámica de las campañas y del debate público, al buscar excluir a ciertos actores y legitimar únicamente a quienes detentan el poder político actual.

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La Constitución ya contempla restricciones a los derechos políticos

El catedrático de la Escuela de Derecho de la UIDE, Paúl Córdova, recordó que la Constitución establece que quienes tienen sentencias ejecutoriadas por delitos contra la administración pública pierden sus derechos de participación.

Indicó que lo que ha faltado es un control efectivo por parte del Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral, que deberían vigilar las infracciones relacionadas con el uso de estas figuras en campañas.

Señaló que extender la prohibición a la libertad de expresión significaría aplicar un doble castigo, lo que no está previsto en la Constitución.

También advirtió que los anexos de la pregunta deben ser revisados con detalle para evitar que se vulneren derechos fundamentales, ya que las personas con condenas mantienen otras garantías, como las relacionadas con salud, educación e integridad personal, que no pueden ser restringidas.


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