
La ruta electoral de Pabel Muñoz cambió el 17 de julio de 2026. El alcalde de Quito había participado en el proceso de democracia interna delmovimiento Amigo con la intención de buscar la reelección en los comicios seccionales del 29 de noviembre.
Ese día, el juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Juan Patricio Maldonado, suspendió provisionalmente durante nueve meses a la organización política. La medida respondió a un pedido de la Fiscalía dentro de una investigación previa por presunto lavado de activos contra Amigo y sus directivos.
La resolución retiró temporalmente a Amigo del Registro Permanente de Organizaciones Políticas administrado por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Esto impide que el movimiento continúe con actuaciones electorales mientras la medida permanezca vigente.
Amigo tampoco podía registrar alianzas después de su suspensión. Además, el plazo establecido dentro del calendario electoral concluyó el sábado 18 de julio.
La decisión no suspendió los derechos políticos de Pabel Muñoz ni estableció una prohibición personal para que sea candidato.
El debate se concentra en los efectos de la medida sobre las primarias de Amigo y en la posibilidad de que otra organización lo incorpore como invitado.
Esteban Ron, experto electoral y decano de la Facultad de Derecho de la Universidad SEK de Quito, considera que la suspensión de Amigo no impide automáticamente una candidatura de Muñoz.
Según su análisis, la precandidatura no llegó a materializarse porque la organización quedó suspendida antes de avanzar hacia las siguientes etapas. Las elecciones internas tampoco fueron anuladas, pero Amigo ya no puede continuar con los trámites posteriores.
Ron señala que Muñoz podría ingresar a otra organización política como candidato invitado. Para ello, la persona elegida previamente por ese partido o movimiento tendría que renunciar a su precandidatura.
Esta posibilidad consta en el artículo 41 del Reglamento para la Democracia Interna de las Organizaciones Políticas, que contempla la renuncia de precandidatos. Después de esa salida, la organización habilitada tendría que efectuar el procedimiento interno necesario para cubrir el espacio.
Esta alternativa no implicaría una alianza con Amigo. La organización suspendida quedaría fuera del proceso y el nuevo movimiento asumiría el auspicio de la eventual candidatura.
Pablo Játiva, abogado internacionalista, analista político y docente de la UIDE, coincide en que la medida recae sobre Amigo y no directamente sobre Pabel Muñoz. Por esa razón, sostiene que el alcalde podría participar, en teoría, con otra organización.
Sin embargo, Játiva considera que esa posibilidad resulta difícil después de la conclusión de las primarias y del plazo para registrar alianzas. Una eventual salida dependería de la renuncia de un precandidato de otra organización y de que esa agrupación pueda repetir o completar su proceso interno.
Desde esta perspectiva, Muñoz no podría trasladar la designación obtenida en Amigo. Tendría que ingresar como invitado y cumplir el procedimiento de democracia interna dentro de una organización que conserve su habilitación electoral.
Alfredo Espinosa, analista político y experto electoral, aclaró que la suspensión de Amigo no impide que Pabel Muñoz sea candidato. La medida frenó las actuaciones de la organización, pero no suspendió a las personas que participaron en sus primarias.
Espinosa advirtió sobre el riesgo de una eventual compra de candidaturas o renuncias debido a los posibles costos económicos y políticos. Por ello, sostuvo que todo este proceso debe ser auditado al 100% por los organismos de control.
La posibilidad de que el alcalde de Quito busque la reelección depende de que un precandidato de otra organización política habilitada renuncie y deje vacante ese espacio. Después, la directiva de ese partido o movimiento tendría que invitar a Muñoz, conforme a sus estatutos, para que integre la candidatura.
Espinosa considera que se trata de un escenario difícil, pues el mismo procedimiento tendría que aplicarse en otras candidaturas de la Revolución Ciudadana. El proceso, según explicó, tendría que completarse antes de la inscripción de candidaturas, prevista desde el 2 de agosto.
El experto también advirtió que las posibles renuncias e invitaciones deben someterse a control para evitar negociaciones económicas o políticas alrededor de los espacios electorales.
Los especialistas coinciden en dos aspectos: Amigo no puede presentar candidatos ni registrar alianzas mientras esté suspendido, y la resolución del TCE no impuso una prohibición personal contra Pabel Muñoz.
La diferencia aparece al analizar los efectos de las primarias.
Ron sostiene que esos actos no quedaron anulados y que Muñoz todavía podría recibir una invitación de otra organización.
Játiva también identifica esa posibilidad, aunque advierte sobre los plazos electorales ya concluidos.
Por ahora, Muñoz no podría inscribirse mediante Amigo. Una eventual candidatura con otra organización dependería de una renuncia, de un nuevo procedimiento de democracia interna y de la decisión que adopte el CNE cuando revise la inscripción.
La suspensión provisional de AMIGO impide que el movimiento continúe con actuaciones electorales, presente candidatos o registre alianzas mientras la medida esté vigente.
La resolución del TCE no suspendió los derechos políticos de Pabel M. ni estableció una prohibición personal para que participe. Sin embargo, ya no puede inscribirse mediante AMIGO.
Esteban Ron, Pablo Játiva y Alfredo Espinosa coinciden en que la sanción recae sobre Amigo y no directamente sobre Pabel Muñoz.
Las diferencias aparecen al evaluar si el alcalde todavía puede ser incorporado como invitado por otra organización política y qué efectos produjo la suspensión sobre las primarias realizadas por Amigo.
Esteban Ron sostiene que Pabel Muñoz podría ingresar como invitado en otra organización habilitada, siempre que el precandidato elegido previamente renuncie y el movimiento complete el procedimiento interno correspondiente.
Pablo Játiva también considera que esa alternativa existe en teoría, aunque advierte que los plazos concluidos y las primarias ya realizadas dificultan su aplicación.
La suspensión genera incertidumbre sobre si Pabel Muñoz podrá buscar la reelección y bajo qué organización podría hacerlo.
Para los electores, la definición dependerá de que exista un espacio disponible en otro movimiento, se cumpla un nuevo proceso de democracia interna y el CNE acepte posteriormente la inscripción.