
La Junta Provincial Electoral de Manabí negó la calificación e inscripción de Luisa González como candidata a prefecta por Pachakutik. La resolución también afecta a su candidato a viceprefecto, Gabriel Giler.
La candidatura de Luisa Magdalena González Alcívar a la Prefectura de Manabí quedó en suspenso luego de que la Junta Provincial Electoral de esa provincia negara su calificación e inscripción por el Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik, lista 18.
La decisión, aprobada el 21 de agosto de 2026, también alcanza a Gabriel Enrique Giler Reyes, candidato a viceprefecto. La Junta consideró que ambos no acreditaron el cumplimiento de requisitos establecidos en el Régimen Orgánico y el Reglamento para la Democracia Interna de Pachakutik.
Según la resolución, González y Giler fueron presentados como reemplazos de Gladys Martha Pionce Chancay y Luis Elías Chalacama Mendoza, quienes habían renunciado a sus precandidaturas.
Sin embargo, la Junta Provincial Electoral determinó que esa condición no los eximía del cumplimiento de las normas internas de Pachakutik.
Uno de los requisitos analizados establece que los precandidatos debían ser miembros activos del movimiento durante al menos dos años antes de la definición de candidaturas. La autoridad electoral concluyó que González y Giler no acreditaron el cumplimiento de esa condición.
Por ello, la Junta resolvió negar la calificación e inscripción de la fórmula para la Prefectura y Viceprefectura de Manabí.
El caso incluyó varios recursos de objeción contra la candidatura de González. La Junta aceptó los planteados por Mishel Andrea Mancheno Dávila, representante legal de Acción Democrática Nacional (ADN), lista 7, y por Eitel James Zambrano Ortiz, procurador común de la Alianza ABC, listas 3-21.
En cambio, fueron declarados inadmisibles los recursos presentados por Gema Nicole Verduga Zambrano, directora provincial de ADN, y Jorge Jhonny Coello Rivadeneira, afiliado o adherente de Pachakutik.
La resolución, además, dispuso la notificación a las partes involucradas y al movimiento político.
La negativa de la Junta Electoral de Manabí no representa una decisión definitiva sobre la candidatura, según explicó el experto Alfredo Espinosa, quien se pronunció sobre el caso en la red social X.
Espinosa señaló que la resolución de la Junta Electoral puede ser impugnada ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) y, posteriormente, apelada ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
El artículo 102 del Código de la Democracia establece que una resolución de una junta electoral provincial sobre una objeción puede ser impugnada ante el CNE en un plazo de dos días. El organismo electoral tiene, a su vez, tres días para resolver.
Si existe una decisión del CNE, el artículo 103 contempla la posibilidad de apelar ante el TCE dentro de tres días desde la notificación. El tribunal tiene un plazo máximo de 15 días para resolver.
La Junta Provincial Electoral de Manabí concedió a Pachakutik un plazo de 48 horas para subsanar las candidaturas a prefecto y viceprefecto, conforme al Código de la Democracia.
Así, aunque la inscripción de González fue negada en esta instancia, su eventual exclusión definitiva de la contienda electoral dependerá de las acciones que adopte Pachakutik y de las decisiones que puedan tomar las autoridades electorales superiores.
Porque no acreditó, junto con su candidato a viceprefecto, Gabriel Giler, el cumplimiento de los requisitos internos de Pachakutik. Ambos fueron presentados como reemplazos de precandidatos que renunciaron, pero la Junta determinó que debían cumplir igualmente con las normas del movimiento, entre ellas acreditar al menos dos años como miembros activos.
Acción Democrática Nacional (ADN) y la Alianza ABC presentaron objeciones que fueron aceptadas por la Junta. Los recursos fueron planteados por Mishel Mancheno, representante legal de ADN, y Eitel Zambrano, procurador común de la Alianza ABC. Otras dos objeciones fueron declaradas inadmisibles.
No. La decisión todavía puede ser impugnada y apelada ante otras instancias electorales. La resolución puede ser impugnada ante el CNE y, posteriormente, apelada ante el TCE. Por eso, la candidatura aún no está definida de manera definitiva.
Pachakutik tiene 48 horas para subsanar la fórmula de prefecto y viceprefecto. La Junta Provincial Electoral de Manabí concedió ese plazo conforme al Código de la Democracia. Las acciones que tome el movimiento serán determinantes para la continuidad de la candidatura.
Puede impugnar la resolución ante el CNE y, si corresponde, apelar posteriormente ante el TCE.
El Código de la Democracia establece dos días para impugnar ante el CNE. Si existe una resolución del CNE, esta puede apelarse ante el TCE dentro de tres días desde la notificación; el tribunal tiene hasta 15 días para resolver.