
La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó el 9 de junio de 2026 una normativa que faculta a la Contraloría General del Estado a destruir de forma definitiva información clasificada del Estado.
Esta disposición se incluyó mediante el artículo 20 dentro de la Ley Orgánica Reformatoria para Prevenir y Sancionar el Uso Delictivo de Uniformes, Insignias y Distintivos Institucionales. La ley obtuvo 87 votos a favor de la bancada de Acción Democrática Nacional (ADN), el Partido Social Cristiano (PSC) e independientes, frente a la oposición de las bancadas de Revolución Ciudadana (RC) y Pachakutik.
El cuestionado artículo 20 establece que, una vez concluidos y ejecutoriados los informes y auditorías institucionales, la autoridad de la Contraloría dispondrá la eliminación, destrucción o borrado seguro de los documentos físicos y digitales.
Estos archivos, que contengan información confidencial, reservada, secreta o secretísima, deberán ser eliminados en un plazo máximo de 30 días calendario.
La norma exceptúa a la información vinculada directamente con procesos judiciales pendientes, investigaciones penales vigentes o responsabilidades no prescritas.
La actual legislación ecuatoriana establece que la información clasificada pierde su condición de reserva en un lapso de cinco a 15 años tras su emisión.
Sin embargo, con esta nueva facultad, la documentación desaparecería de forma definitiva en un mes, limitando su revisión futura. Según un reporte de la Defensoría del Pueblo, en 2024 la Función Ejecutiva catalogó como reservados 1 417 documentos, concentrados mayoritariamente en la Corporación Nacional de Telecomunicaciones y el Ministerio de Defensa Nacional.