El Gobierno incluyó en el proyecto de Ley de Creación de Oportunidades tres reformas claves al Código Orgánico Monetario y Financiero, para facilitar la incorporación del país a la Alianza del Pacífico y lograr nuevos acuerdos comerciales.
El ministro de Producción, Julio José Prado, había adelantado días atrás la entrega de un plan de acción para destrabar las negociaciones e impulsar las inversiones financieras.
La primera reforma planteada en el proyecto es la redefinición de la actividad financiera, donde se contempla a entidades del sistema financiero, de valores y seguros. Hoy, solo involucra a las primeras.
La segunda es un cambio en la definición del grupo financiero, que en la legislación actual solo lo conforma un banco nacional privado. Con el proyecto de ley se propone que ese grupo esté conformado por más de una entidad nacional o extranjera, que realice actividades financieras.
La tercera reforma está enfocada en ofrecer mayor flexibilidad a los accionistas de empresas financieras, para que los controles sobre ellos sean cuando tengan 25% o más de capital en el sector bancario y ya no el 6%, como es ahora.
Para el experto económico David Castellanos, estos son temas sensibles cuando se negocian acuerdos comerciales, como ocurre hoy con México.
Con estas reformas que propone el Gobierno, Castellanos señala que se dará apertura a nuevas inversiones extranjeras en el sector financiero, ya que la legislación actual no permite que una persona que sea accionista en un banco en el Ecuador pueda tener acciones en otro tipo de empresas.
Para atraer nuevas inversiones en otros campos y también dinamizar al sector productivo del país, la norma también propone incentivos tributarios y no tributarios.
Estos elementos son parte del mecanismo del Gobierno para impulsar y cumplir la meta de traer a Ecuador más de USD 30 000 millones en inversión privada, nacional y extranjera hasta el 2025.
La propuesta de Ley hace modificaciones y simplifica lo establecido en leyes y códigos, actualmente vigentes.
Por ejemplo, establece una exención de hasta 15 años del Impuesto a la Renta (IR) a inversiones nuevas de todos los sectores económicos. Antes, como estaba en la Ley de Fomento Productivo, se establecían plazos de entre ocho y 12 años y había la condición de generar empleo.
Otro de los cambios es que se incluye la opción de reducción y/o exoneración de impuestos como el de la salida de divisas (ISD); antes se establecía solo la eliminación de este tributo.
Para Roberto Silva, catedrático y socio de la firma Moore Ecuador, al incluirse la opción de reducir el impuesto se da paso a ambigüedades.
Con ese articulado “no se brinda seguridad jurídica por falta de claridad en la norma”.
Otro punto para considerar según Silva es que, tal como está redactado el proyecto, se presta para distorsiones o confusiones, especialmente para los inversionistas que colocaron sus capitales bajo lo que establecen las normas antiguas.
Según Miguel Ángel González, presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil (CCG), se deja de lado a las empresas que hoy ya están constituidas e invierten en el país. “Estos empresarios quedarían en desventaja frente a los nuevos negocios”, indicó.
El dirigente señala que, mientras la empresa que viene operando bajo las normas actuales tiene que pagar impuestos, contribuciones y otros rubros, las nuevas firmas se ahorrarían ese gasto, lo cual hace que la competencia sea desigual. “Debería incluirse las inversiones nuevas de empresas ya existentes”, afirmó.
Para el analista tributario Javier Bustos, las modificaciones a las normas buscan medir el costo-beneficio de las inversiones. “El Gobierno trata de cuidar la liquidez de su caja fiscal y, aunque abre la llave de incentivos para todos los sectores, también son cautos”.